Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos Artículo 33 Federal de México
Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos Federal
Artículo 33.
Para los efectos del artículo anterior, la Secretaría constituirá una Comisión de Evaluación de la Promoción Superior, la cual tendrá como propósito integrar los expedientes y reunir los elementos de juicio que el Secretario presentará a consideración del Presidente de la República, atendiendo a lo dispuesto por el artículo 8 de esta Ley.
Dicha Comisión estará integrada por:
I.Presidente: Subsecretario de la Defensa Nacional;
II.Primer Vocal: Oficial Mayor de la Secretaría;
III.Segundo Vocal: Inspector y Contralor del Ejército y Fuerza Aérea;
IV.Tercer Vocal: Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional;
V.Cuarto Vocal: Comandante de la Fuerza Aérea;
VI.Secretario: Subjefe Administrativo y Logístico del Estado Mayor de la Defensa Nacional, y
VII.Secretario Adjunto: Jefe de la Sección de Recursos Humanos del Estado Mayor de la Defensa Nacional.
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necesito dar fundamento en que el empleador tiene la obligación de dar recibo de pago y el empleado tiene el derecho de recibir el recibo de pago
buenos dias, en el proceso del intestado aun no se asigna albacea, somos 5 hermanos, solo yo estoy casado con dos hijas de 23 y 21 años de edad, pueden ser nombradas como posibles herederas; segundo, desde casi año y medio que fallecio mi madre, mis hermanos ventajosamente estan recibiendo rentas de las propiedades sin participarme nada, en este punto del juicio yo puedo exigir las rentas mi parte gracias
En principio para poder presentar una denuncia, tendrías que configurar el Dolo, es decir que el dinero te lo solicito con el fin de ocasionarte un perjuicio o detrimento, sin embargo, es complicado, porque hay un contrato, si no se cumplió deberías de iniciar un procedimiento civil de incumplimiento de contrato, considero que si vas por la via penal solo perderás dinero.
Buenas tardes, si un condomino deja de pagar sus cuotas de mantenimiento por varios años y se le restringen los servicios tales como agua, luz, uso de areas comunes, etc. pero despues quiere ponerse al corriente pagando unicamente los ultimos 5 años, es legal?
hola tengo una duda, yo como agraviada de abuso de confianza puedo pedir asesor jurídico gratis en la fiscalía que lleva mi caso y un psicólogo?? ya que todo este tema me está afectando mucho emocionalmente y en mi salud. Porque pedí que me atendiera un psicólogo y me lo negaron.
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