Ley Federal de Derechos Artículo 30-A Federal de México
Ley Federal de Derechos Federal
Artículo 30-A.
Por el servicio de autorización de agentes de seguros que proporciona la Comisión Nacionalde Seguros y Fianzas, se pagarán derechos de autorización conforme a las siguientes cuotas:I.- Por la autorización provisional proporcionada a agentes de seguros personas físicas $2,730.53
II.- Por la autorización definitiva a agentes de seguros personas físicas para actuar por cuenta propia con vigencia de tres años $4,294.42
III. Por el refrendo trianual de las autorizaciones definitivas a agentes personas físicas $2,246.82
IV.- Por la autorización a agentes de seguros personas morales $13,654.75
V.- Por la autorización para ejercer la actividad de apoderado de un agente de seguros persona moral para intervenir en el asesoramiento y contratación de seguros $4,294.42
VI.- Por el refrendo trianual de la autorización a que se refiere la fracción anterior $2,246.82
VII. Por la autorización para ejercer la actividad de agente mandatario de instituciones de seguros $210.64
VIII. Por la presentación del examen de acreditación de la capacidad técnica, para ejercer la actividad de agente de seguros persona física o apoderado de agente de seguros persona moral $980.81
IX.Por la presentación de una sola prueba del examen de acreditación de la capacidad técnica, para ejercer la actividad de agente de seguros persona física o apoderado de agente de seguros persona moral $506.61
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Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
asesoria para divorcio necesario. gracias
pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?
alguien ayudeme con unos ejemplos donde se implementen estas leyes del articulo 42
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