Ley Federal de Derechos Artículo 90-A Federal de México
Ley Federal de Derechos Federal
Artículo 90-A.
Por la expedición de cada certificado de sanidad acuícola, se pagará el derecho de certificación de sanidad acuícola, conforme a las siguientes cuotas:I.(Se deroga).
II.Para exportación de especies acuáticas, sus productos y subproductos, así como de productos biológicos, químicos, farmacéuticos o alimenticios para uso o consumo de dichasespecies $918.76
III.Para tránsito internacional de especies acuáticas, sus productos y subproductos,así como productos biológicos, químicos, farmacéuticos o alimenticios para uso o consumo de dichas especies $762.59
IV.Para movilización de especies acuícolas vivas, sus productos y subproductos,así como de productos biológicos, químicos, farmacéuticos o alimenticios para uso o consumo de dichas especies $735.03
V.Para establecimientos en operación en los que se produzcan, procesen,comercialicen, transporten y almacenen, productos y subproductos acuícolas, así como productos químicos, biológicos, farmacéuticos y alimenticios para el uso o consumo de dichas especies $4,042.64
VI.Para uso y aplicación de antibióticos, medicamentos veterinarios, aditivos y demássustancias químicas a los organismos de cultivo $1,782.43
VII.Para introducción de especies acuícolas vivas a un cuerpo de agua de jurisdicciónfederal $735.03
VIII.Para instalaciones en las que se realicen actividades acuícolas $4,042.64
IX.Para especies acuáticas vivas capturadas de poblaciones naturales que se destinena la acuacultura $735.03
X.Para unidades de cuarentena $4,042.64
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el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y
MMM, si se trata de el nuevo sistema penal acusatorio, el propio código establece la posibilidad de que cierta información recopilada en la carpeta de investigación, puede incorporarse al jucio mediante lectura (cuando se trata de testigos muertos, entre otros), recuerde que sa es una de las cargas procesales que incumbe al ministerio publico y al asesor jurídico cumplir.
Tratándose del sistema tradicional, (averiguación previa) el juez toma en cuenta todo lo recabado en la averiguación previa para resolver la controversia asi como lo desahogado en la instrucción.
asi que todo depende del caso concreto.
saludos
concedieron un amparo y ordenaron la reposicion de todo el proceso, pero la causa penal es de hace 10 años, como se hara el juicio su las pruebas ya no existen y algunos testigos ya no estan, alguien tiene alguna idea
cuando no hay reparacion de daño x que ministerio publico insiste en la fraccion v
.......... :)
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