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Ley Federal de las Entidades Paraestatales Artículo 48 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Ley Federal de las Entidades Paraestatales Federal
Artículo 48.

El Programa Institucional constituye la asunción de compromisos en términos de metas y resultados que debe alcanzar la entidad paraestatal. La programación institucional de la entidad, en consecuencia deberá contener la fijación de objetivos y metas, los resultados económicos y financieros esperados así como las bases para evaluar las acciones que lleve a cabo; la definición de estrategias y prioridades; la previsión y organización de recursos para alcanzarlas; la expresión de programas para la coordinación de sus tareas, así como las previsiones respecto a las posibles modificaciones a sus estructuras.



Federal de México Artículo 48 Ley Federal de las Entidades Paraestatales
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