Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares Artículo 20 Federal de México
Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares Federal
Artículo 20.
Las vulneraciones de seguridad ocurridas en cualquier fase del tratamiento que afecten de forma significativa los derechos patrimoniales o morales de los titulares, serán informadas de forma inmediata por el responsable al titular, a fin de que este último pueda tomar las medidas correspondientes a la defensa de sus derechos.
Federal de México Artículo 20 Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
AYUDA no entiendo materia d legislacion fiscal
Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
asesoria para divorcio necesario. gracias
Recomendados
Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares Artículo 22. Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares Artículo 21. Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares Artículo 19. Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares Artículo 18.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios