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Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable Artículo 99 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/11/2024

Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable Federal
Artículo 99.

La Secretaría, con la participación de la Comisión, coordinará con la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Ruralla política de uso del suelo para estabilizar su uso agropecuario, desarrollando prácticas sustentables,evitando que la producción agropecuaria crezca a costa de los terrenos forestales.

Las diversas instancias del gobierno federal, de las entidades federativas y de los municipiosno otorgarán apoyos o incentivos económicos para actividades en terrenos forestales cuyo cambio de uso de suelo no haya sido autorizado por la Secretaría.

Federal de México Artículo 99 Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Artículo 1 ...97 98 99 100 100 Bis ...163

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Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-


Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?


Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.


asesoria para divorcio necesario. gracias


pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?


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