Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable Federal de México
Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable Federal de México
- Artículo 1. La presente Ley es Reglamentaria del artículo 27 de la Constitución Política...
- Artículo 2. Son objetivos generales de esta Ley: I.Conservar y restaurar el...
- Artículo 3. Son objetivos específicos de esta Ley: I.Definir los criterios de la...
- Artículo 4. Se declara de utilidad pública: I.La conservación, protección y...
- Artículo 5. La propiedad de los recursos forestales comprendidos dentro del territorio...
- Artículo 6. Los procedimientos derivados de los actos a que se refiere el artículo 154...
- Artículo 7. Para los efectos de esta Ley se entenderá por: I.Acciones afirmativas:...
- Artículo 8. En el Marco de Implementación y Cumplimiento se integrará el conjunto de...
- Artículo 9. La Federación, las Entidades Federativas, Municipios y Demarcaciones...
- Artículo 10. Son atribuciones de la Federación: I.Formular y conducir la política...
- Artículo 11. Corresponde a las Entidades Federativas, de conformidad con lo dispuesto en...
- Artículo 12. Los Congresos de las Entidades Federativas, con arreglo a sus respectivas...
- Artículo 13. Corresponde a los Municipios y a las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad...
- Artículo 14. La Secretaría ejercerá las siguientes atribuciones: I.Formular y...
- Artículo 15. La Comisión Nacional Forestal, es un organismo público descentralizado de la...
- Artículo 16. La Comisión tendrá su domicilio en la zona metropolitana de la ciudad de...
- Artículo 17. El patrimonio de la Comisión estará integrado por: I.Los bienes muebles...
- Artículo 18. La Comisión tendrá como Órgano de Gobierno a una Junta de Gobierno, que será...
- Artículo 19. La Comisión estará a cargo de un Director General quien será designado por el...
- Artículo 20. La Comisión tendrá a su cargo la ejecución de las atribuciones que la...
- Artículo 21. La Federación, a través de la Secretaría o de la Comisión, en el ámbito de...
- Artículo 22. En la celebración de convenios o acuerdos de coordinación, se tomará en...
- Artículo 23. Se preverá que en el seguimiento y evaluación de los resultados que se...
- Artículo 24. De acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica de la Administración Pública...
- Artículo 25. En términos de lo establecido en el primer párrafo del artículo anterior, la...
- Artículo 26. La Comisión y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología se coordinarán para...
- Artículo 27. Las entidades paraestatales relacionadas con el sector ambiental se...
- Artículo 28. El desarrollo forestal sustentable se considera un área prioritaria del...
- Artículo 29. La política nacional en materia forestal promoverá el desarrollo forestal...
- Artículo 30. En la planeación y realización de acciones a cargo de las dependencias y...
- Artículo 31. Son criterios obligatorios de política forestal de carácter social, los...
- Artículo 32. Son criterios obligatorios de política forestal de carácter ambiental y...
- Artículo 33. Son criterios obligatorios de política forestal de carácter económico, los...
- Artículo 34. Son instrumentos de la política nacional en materia forestal, los siguientes:...
- Artículo 35. La planeación del desarrollo forestal como instrumento para el diseño y...
- Artículo 36. En la planeación del desarrollo forestal sustentable, se elaborarán estudios...
- Artículo 37. La Secretaría regulará, emitirá las normas, procedimientos y metodología, a...
- Artículo 38. Mediante el Sistema Nacional de Información Forestal, se deberá integrar de...
- Artículo 39. Para la integración de la información al Sistema Nacional de Información...
- Artículo 40. La Secretaría y la Comisión promoverán la creación de los Sistemas Estatales...
- Artículo 41. Toda persona tendrá derecho a que las autoridades en materia forestal pongan...
- Artículo 41 Bis. El Sistema Nacional de Gestión Forestal será establecido, integrado y...
- Artículo 41 Bis 1. La Secretaría incorporará la información del Sistema Nacional de Gestión...
- Artículo 42. La Secretaría establecerá, integrará, organizará y mantendrá actualizado el...
- Artículo 43. El Reglamento determinará los procedimientos para la inscripción,...
- Artículo 44. Se deroga.
- Artículo 45. En el marco de los principios de coordinación que establece esta Ley, el...
- Artículo 46. El Inventario Nacional Forestal y de Suelos será actualizado, por lo menos,...
- Artículo 47. Los datos comprendidos en el Inventario Nacional Forestal y de Suelos serán...
- Artículo 48. En la formulación del Inventario Nacional Forestal y de Suelos, se deberán...
- Artículo 49. La Comisión deberá llevar a cabo la zonificación para efectos de planeación,...
- Artículo 50. La Secretaría establecerá, integrará, organizará y mantendrá actualizado el...
- Artículo 51. El Reglamento determinará los procedimientos para la inscripción y...
- Artículo 52. El Registro se coordinará con el Registro Agrario Nacional y los Registros...
- Artículo 53. La Secretaría emitirá Normas Oficiales Mexicanas en materia forestal y de...
- Artículo 54. Las autorizaciones, avisos, informes y otros actos previstos en esta Ley,...
- Artículo 55. Las solicitudes para obtener las autorizaciones, avisos, informes y otros...
- Artículo 56. Los originales o copias certificadas de instrumentos jurídicos y actas de...
- Artículo 57. Las mediciones de las materias primas forestales, sus productos y...
- Artículo 58. El Consejo Estatal deberá emitir las opiniones que le sean solicitadas de...
- Artículo 59. La ejecución, desarrollo y cumplimiento de los programas de manejo forestal y...
- Artículo 60. La Secretaría y la Comisión establecerán los procedimientos y mecanismos...
- Artículo 61. Cuando una autorización u otros actos previstos en la ley puedan afectar los...
- Artículo 61 Bis. Cuando pretendan llevarse a cabo actividades previstas en esta Ley, a...
- Artículo 62. Las autorizaciones, avisos, informes y otros actos previstos en esta Ley,...
- Artículo 63. Las autorizaciones, avisos, informes y otros actos previstos en esta Ley,...
- Artículo 64. Las autorizaciones, avisos, informes y otros actos previstos en la presente...
- Artículo 65. Las autorizaciones, avisos, informes y otros actos previstos en la presente...
- Artículo 66. Las autorizaciones, avisos, informes y otros actos previstos en la presente...
- Artículo 67. Las autorizaciones, avisos, informes y otros actos previstos en la presente...
- Artículo 68. Corresponderá a la Secretaría emitir los siguientes actos y autorizaciones:...
- Artículo 69. Corresponderá a la Secretaría recibir los siguientes avisos e informes:...
- Artículo 70. La Secretaría y la Comisión a solicitud expresa del interesado, realizarán...
- Artículo 71. Para el aprovechamiento de recursos que provenga de terrenos diversos a los...
- Artículo 72. Se requiere autorización de la Secretaría para el aprovechamiento de recursos...
- Artículo 73. Las autorizaciones para el aprovechamiento de los recursos forestales...
- Artículo 74. La Secretaría deberá solicitar al Consejo Estatal de que se trate, opiniones...
- Artículo 74 Bis. Los titulares de aprovechamiento forestal maderable estarán obligados a...
- Artículo 75. Los siguientes aprovechamientos forestales requieren la autorización en...
- Artículo 76. El programa de manejo forestal tendrá una vigencia correspondiente a una edad...
- Artículo 77. De acuerdo a lo establecido en la presente Ley, así como en los criterios e...
- Artículo 78. Queda prohibido el establecimiento de plantaciones forestales comerciales en...
- Artículo 79. Se promoverá el establecimiento de plantaciones forestales comerciales en...
- Artículo 80. Las plantaciones forestales comerciales en terrenos temporalmente forestales...
- Artículo 81. Una vez presentado el aviso de plantación forestal comercial, en los términos...
- Artículo 82. La constancia de plantación forestal comercial facultará a sus titulares a...
- Artículo 83. El titular del aviso de plantación forestal comercial deberá informar...
- Artículo 84. El aprovechamiento de recursos no maderables únicamente requerirá de un aviso...
- Artículo 85. Se requiere autorización para el aprovechamiento en los casos siguientes:...
- Artículo 86. La colecta y uso de recursos biológicos forestales con fines de utilización...
- Artículo 87. Las colectas y usos con fines comerciales o de investigación de los recursos...
- Artículo 88. El aprovechamiento de recursos y materias primas forestales para uso...
- Artículo 89. La Comisión promoverá el conocimiento tradicional del uso de los recursos...
- Artículo 90. El aprovechamiento de los recursos forestales, para usos domésticos y colecta...
- Artículo 91. Quienes realicen el aprovechamiento, transporte, almacenamiento,...
- Artículo 92. Para el funcionamiento de centros de almacenamiento y transformación de...
- Artículo 92 Bis. Los propietarios de los centros de almacenamiento y transformación de...
- Artículo 93. La Secretaría solo podrá autorizarel cambio de uso de suelo en terrenos...
- Artículo 94. Las autorizaciones de cambio de uso del suelo deberán inscribirse en el...
- Artículo 95. La Secretaría podrá autorizar la modificación de una autorización de cambio...
- Artículo 96. Los titulares de autorizaciones de cambio de uso de suelo en terrenos...
- Artículo 97. No se podrá otorgar autorización de cambio de uso del suelo en terrenos...
- Artículo 98. Los interesados en el cambio de uso de suelo en terrenos forestales, deberán...
- Artículo 99. La Secretaría, con la participación de la Comisión, coordinará con la...
- Artículo 100. La Secretaría, con la participación de la Comisión, coordinará con diversas...
- Artículo 100 Bis. El registro de acahuales y el de aprovechamiento de recursos forestales...
- Artículo 101. Las personas físicas y morales que brinden servicios forestales deberán estar...
- Artículo 102. Los servicios forestales para el aprovechamiento, protección, conservación,...
- Artículo 103. Los ejidatarios, comuneros y demás propietarios o poseedores de terrenos...
- Artículo 104. La Comisión desarrollará un sistema de capacitación, reconocimientos,...
- Artículo 105. La Comisión, en coordinación con las Entidades Federativas, delimitarán las...
- Artículo 106. Los mecanismos para fomentar la ordenación forestal, la planeación ordenada...
- Artículo 107. La Certificación del manejo forestal es un medio para acreditar el adecuado...
- Artículo 108. La Comisión impulsará y promoverá la Certificación del adecuado manejo...
- Artículo 109. Las auditorías técnicas preventivas que realice la Comisión directamente o a...
- Artículo 110. La Comisión, como resultado de la auditoría técnica preventiva podrá emitir...
- Artículo 111. Los Auditores Técnicos Forestales deberán acreditarse como Unidades de...
- Artículo 112. La Comisión establecerá un Sistema Permanente de Evaluación y Alerta Temprana...
- Artículo 113. Las medidas fitosanitarias que se apliquen para la prevención, control y...
- Artículo 114. Los propietarios y legítimos poseedores de terrenos forestales o...
- Artículo 115. La Comisión, las Entidades Federativas, Municipios y Demarcaciones...
- Artículo 116. Cuando los trabajos de sanidad forestal no se ejecuten o siempre que exista...
- Artículo 117. La Secretaría dictará las Normas Oficiales Mexicanas que regirán el manejo...
- Artículo 118. La Comisión emitirá las líneas estratégicas en materia de manejo del fuego de...
- Artículo 119. La Comisión coordinará el Programa de Manejo del Fuego y coadyuvará con las...
- Artículo 120. Los propietarios y poseedores de los terrenos forestales y preferentemente...
- Artículo 121. Los propietarios y legítimos poseedores de terrenos forestales están...
- Artículo 122. La Comisión, escuchando la opinión de los Consejos y tomando en cuenta los...
- Artículo 122 Bis. Los terrenos forestales seguirán considerándose como tales, aunque pierdan su...
- Artículo 123. Cuando se presenten procesos de degradación o desertificación, o graves...
- Artículo 124. El Ejecutivo Federal, con base en los estudios técnicos que se elaboren para...
- Artículo 125. Para fines de restauración y conservación, la Secretaría, escuchando la...
- Artículo 126. La Secretaría y la Comisión con la participación de las dependencias...
- Artículo 127. La forestación y reforestación que se realice con propósitos de conservación...
- Artículo 128. La Comisión, en coordinación con las dependencias y entidades de la...
- Artículo 129. En el marco de los tratados internacionales y disposiciones nacionales...
- Artículo 130. La Comisión podrá expedir reconocimientos certificados para acreditar los...
- Artículo 131. Los propietarios y legítimos poseedores de terrenos forestales que, como...
- Artículo 132. Cuando la Secretaría, con base en estudios técnicos realizados con el apoyo...
- Artículo 133. Lo dispuesto en el artículo anterior, será aplicable con independencia de que...
- Artículo 134. Las medidas, programas e instrumentos económicos relativos al desarrollo de...
- Artículo 135. La Comisión, diseñará, propondrá y aplicará medidas para asegurar que el...
- Artículo 136. La Federación y las Entidades Federativas, en el ámbito de sus respectivas...
- Artículo 137. La Comisión promoverá y difundirá a nivel nacional, regional o local, según...
- Artículo 138. Dentro de los incentivos económicos se podrá crear un bono que incentive la...
- Artículo 138 Bis. La Secretaría está facultada para convenir acuerdos internacionales sobre...
- Artículo 139. El Fondo Forestal Mexicano será el instrumento para promover la...
- Artículo 140. El Fondo Forestal Mexicano se podrá integrar con: I.Las aportaciones...
- Artículo 141. La Federación, a través de las dependencias y entidades competentes, en...
- Artículo 142. La Comisión se coordinará con las dependencias y entidades de la...
- Artículo 143. La Comisión coordinará los esfuerzos y acciones que en materia de...
- Artículo 144. La Comisión en coordinación con las dependencias o entidades competentes de...
- Artículo 145. En materia de educación y capacitación, la Comisión, en coordinación con la...
- Artículo 146. La Secretaría y la Comisión desarrollarán mecanismos de vinculación social...
- Artículo 147. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría y de la Comisión, de...
- Artículo 148. Los acuerdos y convenios que en materia forestal celebre la Comisión con...
- Artículo 149. El Consejo o los Consejos a que se refiere el capítulo II de este Título,...
- Artículo 150. La Federación fomentará las acciones voluntarias de conservación, protección...
- Artículo 151. La Comisión, para la realización de las actividades previstas en este...
- Artículo 152. Se crea el Consejo Nacional Forestal, como órgano de carácter consultivo y de...
- Artículo 153. La Secretaría y la Comisión, junto con los gobiernos de las Entidades...
- Artículo 154. La prevención y vigilancia forestal corresponde a la Secretaría, a través de...
- Artículo 154 Bis. De conformidad a lo previsto en el Título Sexto de la Ley General del...
- Artículo 155. Son infracciones a lo establecido en esta Ley: I.Realizar en terrenos...
- Artículo 156. Las infracciones establecidas en el artículo anterior de esta Ley, serán...
- Artículo 156 Bis. Cuando la Procuraduría practique el aseguramiento de bienes, podrá designar...
- Artículo 157. La imposición de las multas a que se refiere el artículo anterior, se...
- Artículo 158. Las infracciones a esta Ley serán sancionadas por la Secretaría, tomando en...
- Artículo 159. Cuando la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente determine a través...
- Artículo 160. Por la gravedad de la infracción la Procuraduría Federal de Protección al...
- Artículo 161. Son responsables solidarios de las infracciones, quienes intervienen en su...
- Artículo 162. Para los efectos de esta Ley, se considerará reincidente al infractor que...
- Artículo 163. En contra de los actos y resoluciones dictadas en los procedimientos...
Otras regulaciones
Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura Ley de Asistencia Social Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones Ley General de PoblaciónMejores juristas





Tengo un problema con un sujeto que está divulgando que jaque sus cuentas de Google y bancarias donde me ve me grita cosas como ratero y jjakeador de cuentas eso me ah estado provocando bajas en mi negocio y que la gente vecina ya no solicite mis servicios como tatuador y lava coches . Que puedo yo hacer con este señor ? ya no se que hacer cada vez es menos los ingresos y la gente me tacha de lo peor
cuando el usufructario fallece, su derecho se extingue. entonces , su derecho de uso y disfrute pasa al nudo propietario. es decir , el derecho de usufructo no se puede heredar.
Que quiere decir este artículo?
hola, a 4 meses de terminar el contrato de renta de casa habitación, deseo finiquitarlo antes de su plazo, por motivos de seguridad, (entraron a asaltar ), la penalizacion en el contrato por terminacion anticipada es de dos mensualidades, existe algun argumento para negociar a que sea menos?
Buenastardes. tengo 67 años ya estoy pensionado (2 años), tengo la oportunidad de trabajar bajo el régìmen de asimilados a salarios, hay riesgo de perder mi pensión?
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