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Ley General de Mejora Regulatoria Artículo 27


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/06/2025

Ley General de Mejora Regulatoria
Artículo 27.

Corresponde al Comisionado:

I. Dirigir y representar legalmente a la Comisión Nacional;

II. Adscribir las unidades administrativas de la Comisión Nacional;

III. Expedir los manuales internos de la Comisión Nacional;

IV. Delegar facultades en el ámbito de su competencia;

V. Interpretar lo previsto en esta Ley para efectos administrativos dentro del ámbito de la Administración Pública Federal;

VI. Fungir como Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional;

VII. Ejecutar los acuerdos, directrices y demás resoluciones adoptados por el Consejo Nacional, en el ámbito de su competencia;

VIII. Publicar en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos necesarios para el funcionamiento de la Estrategia;

IX. Participar en representación de la Comisión Nacional en foros, conferencias, coloquios, diplomados, seminarios, talleres, reuniones, eventos, convenciones y congresos que se lleven a cabo con organismos nacionales e internacionales, cuando se refieran a temas relacionados con el objeto de esta Ley y los objetivos de la política de la mejora regulatoria;

X. Colaborar con las Autoridades de Mejora Regulatoria para fortalecer y eficientar los mecanismos de coordinación, y

XI. Las demás que le confieran esta Ley y su Reglamento, el Reglamento Interior de la Comisión Nacional y cualquier otra disposición jurídica aplicable.

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Los nuevos comentarios en el sitio web

Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


oooooooooooooooo


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


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