Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes Artículo 182
Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
Artículo 182. Expediente de Ejecución
Las Unidades de Internamiento y las Unidades de Seguimiento deberán integrar un expediente electrónico de ejecución de las medidas de internamiento preventivo y de las medidas de sanción, el expediente contendrá la siguiente información:
a) Los datos de identidad de la persona adolescente;
b) Las copias certificadas de la resolución que imponga la medida y, en su caso, del auto que declare que ésta ha causado estado;
c) Día y hora de inicio y finalización de la medida;
d) Datos acerca de la salud física y mental de la persona adolescente;
e) En caso de sentencia, el Plan Individualizado de Ejecución, así como sus modificaciones, reportes e incidencias;
f) Registro del comportamiento de la persona adolescente durante el cumplimiento de la medida, y
g) Cualquier otro dato, circunstancia o característica particular de la persona adolescente que se considere importante.
Artículo 182 Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?
Se considera suficiente para se condenado a perder la patria potestad de un hijo, que el padre sea condenado en sentencia ejecutoria por la comisión de delitos contra la salud, de acuerdo con la fracción I del artículo 4.224 del Código Civil
No existe codigo que corrija a estos empleados del poder judicial o del ministerio publico que se afanan en aparentar ser un poder cuando solo son un servicio no son poder son hasta la fecha un mal servicio pero solo son un servicio. Porque si tienen que hacer cumplir una sentencia necesitan al pder ejecutivo y si ordenan una diligencia en donde no les hagan caso ocupan al ejecutivo y si quieren cobrar una multa y no se les quiere pagar ocupan al ejecutivo y de paso digo el poder legislativo tampoco es un poder son solo oficinistas.
porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es
quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69
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Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros Artículo 19. Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Artículo 134. Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros Artículo 42. Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad Artículo 130. Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros Artículo 24.Publique la información de sí mismo
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