Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Artículo 11 Federal de México
Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Federal
Artículo 11. Prevención del delito
Las atribuciones en materia de prevención del delito, que señala la fracción XVIII, inciso a), del artículo 2o. de esta ley, comprenden:
I. El fomento de una cultura de prevención del delito en la sociedad, que involucre al sector público y promueva la participación de los distintos sectores, social y privado, de la comunidad en general y de la sociedad civil organizada;
II. El estudio de las conductas probablemente delictivas y los factores que las propician, para elaborar los respectivos programas de prevención del delito en el ámbito de su competencia;
III. La promoción, intercambio y colaboración con entidades federativas e instituciones nacionales e internacionales de carácter público o privado, para la cooperación y fortalecimiento de acciones en materia de prevención del delito; y
IV. Las demás que se requieran para el cumplimiento de los fines previstos en el presente artículo, en términos de esta Ley, su reglamento y demás disposiciones aplicables.
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MMM, si se trata de el nuevo sistema penal acusatorio, el propio código establece la posibilidad de que cierta información recopilada en la carpeta de investigación, puede incorporarse al jucio mediante lectura (cuando se trata de testigos muertos, entre otros), recuerde que sa es una de las cargas procesales que incumbe al ministerio publico y al asesor jurídico cumplir.
Tratándose del sistema tradicional, (averiguación previa) el juez toma en cuenta todo lo recabado en la averiguación previa para resolver la controversia asi como lo desahogado en la instrucción.
asi que todo depende del caso concreto.
saludos
concedieron un amparo y ordenaron la reposicion de todo el proceso, pero la causa penal es de hace 10 años, como se hara el juicio su las pruebas ya no existen y algunos testigos ya no estan, alguien tiene alguna idea
cuando no hay reparacion de daño x que ministerio publico insiste en la fraccion v
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