Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional
Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional
- Artículo 1. El Instituto Politécnico Nacional es la institución educativa del Estado...
- Artículo 2. El Instituto Politécnico Nacional es un órgano desconcentrado de la...
- Artículo 3. Son finalidades del Instituto Politécnico Nacional: I.- Contribuir a...
- Artículo 4. Para el cumplimiento de sus finalidades, el Instituto Politécnico Nacional...
- Artículo 5. La educación que imparta el Instituto Politécnico Nacional será gratuita.
- Artículo 6. El patrimonio del Instituto Politécnico Nacional estará constituido por:...
- Artículo 7. El Instituto Politécnico Nacional ejercerá las atribuciones que les competen...
- Artículo 8. Son autoridades del Instituto: I.- El Director General; II.- El...
- Artículo 9. Son órganos consultivos del Instituto: I.- El Consejo General...
- Artículo 10. Son órganos de apoyo dependientes del Instituto: I.- La Estación de...
- Artículo 11. Son organismos auxiliares del Instituto: I.- El Centro de Investigación...
- Artículo 12. El Director General será nombrado por el Presidente de la República; tendrá...
- Artículo 13. Para ser Director General se requiere: I.- Ser mexicano por nacimiento y...
- Artículo 14. Son facultades y obligaciones del Director General: I.- Dirigir y...
- Artículo 15. El Secretario General será nombrado por el Secretario de Educación Pública,...
- Artículo 16. Son facultades y obligaciones del Secretario General: I.- Auxiliar al...
- Artículo 17. El Instituto contará con Secretarías en las áreas académica, técnica y...
- Artículo 18. Son facultades y obligaciones de los Secretarios de Area: I.- Auxiliar...
- Artículo 19. Son facultades y obligaciones de los Directores de Coordinación: I.-...
- Artículo 20. El Instituto Politécnico Nacional realizará sus funciones académicas a través...
- Artículo 21. Los directores de escuelas, centros y unidades de enseñanza y de...
- Artículo 22. Los directores adjuntos y subdirectores de escuelas, centros y unidades de...
- Artículo 23. El Abogado General representará al Instituto Politécnico Nacional ante toda...
- Artículo 24. Los Consejos Técnicos Consultivos Escolares elegirán en sus respectivos...
- Artículo 25. El Consejo General Consultivo estará integrado por; I.- El Director...
- Artículo 26. Compete al Consejo General Consultivo: I.- Emitir opinión sobre las...
- Artículo 27. Los Consejos Técnicos Consultivos de las Escuelas, Centros y Unidades de...
- Artículo 28. Los Consejos Técnicos Consultivos de las Escuelas, Centros y Unidades de...
- Artículo 29. Compete a los Consejos Técnicos Consultivos Escolares: I.- Estudiar los...
- Artículo 30. El Director General, con acuerdo del Consejo General Consultivo establecerá...
- Artículo 31. El Consejo General Consultivo y los Consejos Técnicos Consultivos Escolares...
- Artículo 32. El Director de la estación de televisión del Instituto Politécnico Nacional...
- Artículo 33. El personal del Instituto Politécnico Nacional queda sujeto al régimen de la...
- Artículo 34. Las asociaciones de alumnos se organizarán en la forma que los mismos...
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Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
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Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?
Se considera suficiente para se condenado a perder la patria potestad de un hijo, que el padre sea condenado en sentencia ejecutoria por la comisión de delitos contra la salud, de acuerdo con la fracción I del artículo 4.224 del Código Civil
No existe codigo que corrija a estos empleados del poder judicial o del ministerio publico que se afanan en aparentar ser un poder cuando solo son un servicio no son poder son hasta la fecha un mal servicio pero solo son un servicio. Porque si tienen que hacer cumplir una sentencia necesitan al pder ejecutivo y si ordenan una diligencia en donde no les hagan caso ocupan al ejecutivo y si quieren cobrar una multa y no se les quiere pagar ocupan al ejecutivo y de paso digo el poder legislativo tampoco es un poder son solo oficinistas.
porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es
quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69
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