Reglamento del Senado de la República Artículo 163
Reglamento del Senado de la República
Artículo 163.
1.El procedimiento legislativo a que se refiere este Reglamento se ocupa del trámite de:I.Las iniciativas que son presentadas directamente ante el Senado o ante la Comisión Permanentedel Congreso de la Unióncuando señalan al propio Senado como Cámara de origen;
II.Los proyectos que recibe el Senado en su condición de Cámara revisora por parte de la colegisladora;
III.Las iniciativas del Presidente de la Repúblicapara obtener permiso a fin de ausentarse del territorio nacional por más de siete días; y
IV. (Se deroga).
2.Cuando se presenta al Senado alguna iniciativa que conforme al artículo 72 de la Constitucióndebe discutirse primero en la Cámarade Diputados, el Presidente la remite a la colegisladora y da cuenta de ello al Pleno y a su autor.
Artículo 163 Reglamento del Senado de la República
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A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
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