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Reglamento del Senado de la República Artículo 239 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Reglamento del Senado de la República Federal
Artículo 239.

1.Corresponde al Senado la aprobación o ratificación de nombramientos que hace el Presidente de la Repúblicapara los siguientes cargos, conforme lo disponen los artículos relativos de la Constitución:

I.Integrantes de la Juntade Gobierno del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática;

II.Integrantes de la Juntade Gobierno del Banco de México;

III.Procurador General de la República;

IV.Ministros, embajadores, agentes diplomáticos y cónsules generales;

V.Empleados Superiores de Hacienda; y

VI.Coroneles y demás jefes superiores del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales, así como los grados equivalentes en la Armada.

2.Respecto de los Empleados Superiores de Hacienda a que se refiere la fracción V del párrafo anterior, el Senado debe emitir, a propuesta de la Mesa, el acuerdo que especifique los cargos a considerar.

3.Le corresponde igualmente al Senado aprobar o ratificar los nombramientos que realiza el Presidente de la República, o bien objetarlos, conforme lo establecen las leyes respectivas.

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