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Reglamento del Senado de la República Artículo 43 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Reglamento del Senado de la República Federal
Artículo 43.

1. El procedimiento para la remoción en el cargo de cualquiera de los integrantes de la Mesa, es el siguiente:

I.El impugnado deja de fungir como integrante de la Mesadurante el desarrollo del trámite;

II.El Presidente de la Mesaprecisa los términos de la moción presentada;

III.Se forma una lista en la que se inscriben hasta tres oradores a favor y tres en contra, que intervienen cada uno de ellos por un lapso no mayor de diez minutos;

IV.El impugnado puede inscribirse como uno de los oradores en su defensa;

V.No se permite ninguna otra intervención adicional a la de los oradores inscritos en el debate;

VI.Agotada la ronda de oradores, la moción se somete a votación en forma nominal; y

VII. La remoción es aprobada por al menos las dos terceras partes de los miembros presentes del Senado, con lo que el cargo queda vacante y se procede a elegir en los términos de la Leya quien lo ocupa por el plazo pendiente.

2. Cuando se solicita la remoción de más de un integrante de la Mesa, el procedimiento se desahoga en forma individual y por separado en una misma sesión, conforme a lo señalado en elpárrafo anterior.

Federal de México Artículo 43 Reglamento del Senado de la República
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