Reglamento del Senado de la República Artículo 73 Federal de México
Reglamento del Senado de la República Federal
Artículo 73.
1.La solicitud para incluir un asunto en el Orden del Día se remite por escrito al Presidente, a través de los medios electrónicos y digitales acordados por la Mesa, con la indicación del grupo parlamentario, senador o senadores que lo promueven, observando los siguientes requisitos:I.Se presenta por escrito en versión digital, a más tardar a las 18:00 horas del día anterior a la sesión, y
II.Se acompaña con el correspondiente archivo electrónico y una versión impresa firmada por el autor o autores.
2.El Presidente, a más tardar a las 21:00 horas del día previo a la sesión, envía digitalmente por los medios electrónicos el Orden del Día a los demás integrantes de la Mesa y a los coordinadores de los grupos parlamentarios.
Todos los documentos referidos en este artículo deberán contener firma digitalizada autorizada por la Mesa.
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