Imprimir

Reglamento del Senado de la República Artículo 73 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Reglamento del Senado de la República Federal
Artículo 73.

1.La solicitud para incluir un asunto en el Orden del Día se remite por escrito al Presidente, a través de los medios electrónicos y digitales acordados por la Mesa, con la indicación del grupo parlamentario, senador o senadores que lo promueven, observando los siguientes requisitos:

I.Se presenta por escrito en versión digital, a más tardar a las 18:00 horas del día anterior a la sesión, y

II.Se acompaña con el correspondiente archivo electrónico y una versión impresa firmada por el autor o autores.

2.El Presidente, a más tardar a las 21:00 horas del día previo a la sesión, envía digitalmente por los medios electrónicos el Orden del Día a los demás integrantes de la Mesa y a los coordinadores de los grupos parlamentarios.

Todos los documentos referidos en este artículo deberán contener firma digitalizada autorizada por la Mesa.

Federal de México Artículo 73 Reglamento del Senado de la República
Artículo 1 ...71 72 73 74 75 ...312

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse