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Código Civil para el Estado de Baja California Artículo 1304 Estado de Baja California


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/12/2025

Código Civil
Artículo 1304.

Si se declara nulo el testamento después de pagado el legado, la acción del verdadero heredero para recobrar la cosa legada procede contra el legatario y no contra el otro heredero, a no ser que éste haya hecho con dolo la partición.



Estado de Baja California Artículo 1304 Código Civil para el Estado de Baja California
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