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Código Civil Artículo 2455 Estado de Guanajuato


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05/05/2026

Código Civil
Artículo 2455.

El deudor responde del cumplimiento de sus obligaciones con todos sus bienes, salvo los casos de excepción señalados por la ley



Estado de Guanajuato Artículo 2455 Código Civil
Artículo 1 ...2453 2454 2455 2456 2457 ...3035

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Guadalajara jalisco


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas


Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?


Se considera suficiente para se condenado a perder la patria potestad de un hijo, que el padre sea condenado en sentencia ejecutoria por la comisión de delitos contra la salud, de acuerdo con la fracción I del artículo 4.224 del Código Civil


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