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Código Civil Artículo 2211 Estado de Nuevo León


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Civil Nuevo León
Artículo 2211.

Las enajenaciones de bienes inmuebles cuyo valor del avalúo no exceda al equivalente a siete mil trescientas veces el salario mínimo general diario vigente en la Ciudad de Monterrey en el momento de la operación y la constitución o transmisión de derechos reales estimados hasta la misma cantidad o que garanticen un crédito no mayor de dicha suma, podrán otorgarse documento privado firmado por los contratantes ante dos testigos cuyas firmas se ratifiquen ante Notario Público, funcionario que haga sus veces o Registrador Público de la Propiedad.

En los casos en que se contrae el Artículo 734 de este Código se hará constar expresamente en el título de propiedad que se formaliza la constitución del patrimonio familiar, estableciéndose además cláusula testamentaria automática en la que se determine que al fallecimiento de cualquiera de los cónyuges o concubinos, el que sobreviva será heredero de los derechos correspondientes al patrimonio familiar y que a falta de ambos, dicho carácter lo tendrán los hijos. El título referido podrá constar en documento privado, sin la exigencia de testigos o ratificación de firmas.

En caso de que el título se otorgue en Escritura Pública, el Notario Público deberá expedir ésta en un plazo no mayor de treinta días



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Los comentarios de los usuarios

la pareja compra, propiedad Fomerrey,tienen 3hijos; a los 10 años muere ella, nunca escritura..., diez años mas, el se casa de nuevo y tiene 3 hijos mas.... El escritura la propiedad que compro con su primer matrimonio, ya casado con segunda esposa...El fallece. Los hijos del priemr matrimonio reclaman la propiedad porque la calusual tst automatica ddice que a falta de ambos, heredan los hijos...Solo del primer matrimonio? porque era patrimonio del primer matrimonio, NO DEL SEGUNDO...ES ASI?

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Cuando fallece uno de los hijos quien heredo el patrimonio, pero no tienes hijos, ni concubina nunca se casó, que tipo de tramite procede...?

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Es posible recuperar un predio rustico adquirido y pagado honestamente, el cual mediante artimañas se entregó a otra persona, alegando que estaba embargado perdiendo el comprador el dinero pagado y el terreno? Se cuenta con contrato de compraventa firmada por notario

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