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Código Civil Artículo 2453 Estado de Querétaro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/11/2024

Código Civil Querétaro
Artículo 2453.

La omisión de los requisitos establecidos en los artículos que preceden anula el

mandato y sólo deja subsistentes las obligaciones contraídas entre el tercero que haya procedido de buena fe y el mandatario, como si éste hubiere obrado en negocio propio



Estado de Querétaro Artículo 2453 Código Civil
Artículo 1 ...2451 2452 2453 2454 2455 ...2943

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Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?


Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.


asesoria para divorcio necesario. gracias


pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?


alguien ayudeme con unos ejemplos donde se implementen estas leyes del articulo 42


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