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Código de Asistencia Social Artículo 86 Estado de Jalisco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 04/12/2024

Código de Asistencia Social Jalisco
Artículo 86.

El Secretario Ejecutivo del Hogar Cabañas, será designado por la Junta de Gobierno a propuesta de la Dirección General del Hogar Cabañas y fungirá también como Secretario de éste.



Estado de Jalisco Artículo 86 Código de Asistencia Social
Artículo 1 ...84 85 86 87 88 ...272

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Muy importante e interesante


AYUDA no entiendo materia d legislacion fiscal


Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-


Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?


Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.


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