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Código de Atención a la Familia y Grupos Vulnerables Artículo 46 Estado de Chiapas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2025

Código de Atención a la Familia y Grupos Vulnerables Chiapas
Artículo 46.

Son facultades y atribuciones del Secretario Ejecutivo, las siguientes:

I. Rendir ante la Junta de Gobierno del DIF-Chiapas, su informe anual de actividades, así como proporcionar la información que le sea solicitada por la misma;

II. Ordenar la realización de visitas de inspección y vigilancia de las instituciones de asistencia privada, con objeto de evaluar su eficaz funcionamiento;

III. Autorizar las actas de las sesiones que se celebren y certificar las constancias que le soliciten a la Junta, en coordinación con el Secretario Técnico;

IV. Recibir los dictámenes emitidos por auditores externos independientes, sobre los estados financieros de las instituciones, cuando éstas estén obligadas a elaborarlos;

V. Ordenar las investigaciones acerca de la calidad de los servicios asistenciales que presten las instituciones;

VI. Suscribir todo tipo de convenios en beneficio de la asistencia privada en el Estado; Las demás que le confieran este Código, la Junta y demás disposiciones aplicables.



Estado de Chiapas Artículo 46 Código de Atención a la Familia y Grupos Vulnerables
Artículo 1 ...44 45 46 47 48 ...301

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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


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