Imprimir

Código de Derechos Artículo 19 Estado de Veracruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Derechos Veracruz
Artículo 19.

Por los servicios prestados por la Secretaría de Medio Ambiente, se causarán y pagarán los derechos siguientes:

I.Por la recepción, evaluación y autorización de expedientes en materia de impacto y riesgo ambiental de los proyectos de obras o actividades:

a)

Por conceptos de recepción, evaluación y autorización de la memoria técnica ambiental promovida por particulares:

Uso/Rango  1 a 5,000 m2

Industrial:

31.8082 UMA

Comercial:

31.8082 UMA

Servicios:

15.9041 UMA

Uso/Rango  Más de 5,001 m2

Industrial:42.4109 UMA

Comercial:42.4109 UMA

Servicios:31.8082 UMA

b)Por concepto de recepción, evaluación y autorización de la manifestación de impacto y riesgo ambiental.

1.De actividades referidas en la fracción III del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental:

Rango

De 1 a 10,000 m2:95.4246 UMA

Más de 10,000 m2:190.8491 UMA

2.De actividades referidas en la fracción IV del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental, excepto mármol, arena de sílice o de cuarzo y materia prima para fabricar cemento :

Rango

De 1 a 10,000 m2:95.4246 UMA

Más de 10,000 hasta 50,000 m2:190.8491 UMA

Mas 50,000 hasta 100,000 m2:233.2600 UMA

Más de 100,000 m2:318.0819 UMA

3.De actividades referidas en la fracción IV del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental que incluya mármol, arena de sílice o de cuarzo y materia prima para fabricar cemento :

Rango

De 1 a 10,000 m2:190.8491 UMA

Más de 10,000 hasta 50,000 m2:233.2600 UMA

Más de 50,000 hasta 100,000 m2:318.0819 UMA

Más de 100,000 m2:530.1364 UMA

4.De actividades referidas en la fracción V del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental:

Centros de acopio, almacenaje, reuso y reciclaje:

Rango/Uso

De 1 a 5,000 m2:31.8082 UMA

De más de 5,000 m2:63.6164 UMA

Instalaciones para el tratamiento, transformación, transporte y disposición final o eliminación de residuos sólidos:

Rango/Uso

De 1 a 10,000 m2:106.0273 UMA

Más de 10,000 hasta 50,000 m2:159.0409 UMA

Más de 50,000 hasta 100,000 m2:318.0819 UMA

Más de 100,000 m2:424.1092 UMA

5.De actividades referidas en la fracción VI del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental:

Rango

De 1 a 5,000 m2:106.0273 UMA

Más de 5,000 hasta 10,000 m2:159.0409 UMA

Más de 10,000 hasta 50,000 m2:318.0819 UMA

Más de 50,000 hasta 100,000 m2:530.1364 UMA

Más de 100,000 m2:636.1637 UMA

6.De actividades referidas en la fracción VII del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental, se aplicarán los montos establecidos en el artículo 194-H de la Ley Federal de Derechos con su aplicación de acuerdo a los criterios ambientales de la tabla A y la clasificación de la Tabla B señalados en dicho artículo.

7.De actividades referidas en la fracción VIII, IX, XIV y XVII del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental promovidas por particulares:

Rango

De 1 a 5,000 m2:106.0273 UMA

Más de 5,000 a 10,000 m2:159.0409 UMA

De más de 10,000 m2:265.0682 UMA

8.De actividades referidas en la fracción X del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental:

Urbanas:

Rango/Uso

De 1 a 5,000 m2:212.0546 UMA

De más de 5,000 m2:318.0819 UMA

Rurales:

Rango/Uso

De 1 a 5,000 m2:212.0546 UMA

De más de 5,000 m2:265.0682 UMA

Marinas:

Rango/Uso

De 1 a 5,000 m2:159.0409 UMA

De más de 5,000 m2:318.0819 UMA

Carreteras:

Rango/Uso

De 1 a 5,000 m2:371.0955 UMA

De más de 5,000 m2:371.0955 UMA

Especiales:

Rango/Uso

De 1 a 5,000 m2:159.0409 UMA

Más de 5,000 m2:212.0546 UMA

9.De actividades referidas en la fracción XI del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental:

Rango/Uso

De 1 a 5,000 m2:106.0273 UMA

Más de 5,000 a 10,000 m2:212.0546 UMA

Más de 10,000 m2:318.0819 UMA

10.De actividades referidas en la fracción XIII del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental:

Rango/Uso

De 1 a 5,000 m2:159.0409 UMA

Más de 5,000 a 10,000 m2:

265.0682 UMA

Más de 10,000 a 20,000 m2:318.0819 UMA

Más de 20,000 a 40,000 m2:424.1092 UMA

Más de 40,000 a 60,000 m2:477.1228 UMA

Más de 60,000 m2:530.1364 UMA

11. De actividades referidas en la fracción XV del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental promovidas por particulares:

Uso

Crematorios:212.0546 UMA

Cementerios:

Rango/Uso

De 1 a 10,000 m2:159.0409 UMA

Más de 10,000 a 20,000 m2:212.0546 UMA

Más de 20,000 m2:265.0682 UMA

12. De actividades referidas en la fracción XVI del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental:

Rango

De 1 a 5,000 m2:84.8218 UMA

Más de 5,000 hasta 10,000 m2:127.2327 UMA

Más de 10,000 m2:169.6437 UMA

13. De actividades referidas en la fracción XIX del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental, quedan exentas las acciones de restauración:

Rango

De 1 a 10,000 m2:84.8218 UMA

Más de 10,000 m2:127.2327 UMA

14.De actividades referidas en la fracción XX del artículo 39 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental, quedan exentas las acciones de restauración:

Rango

De 1 a 5,000 m2:106.0273 UMA

Más de 5,000 a 10,000 m2:212.0546 UMA

Más de 10,000 m2:318.0819 UMA

II.Por la evaluación y autorización de prórroga de plazos o modificación de las autorizaciones en materia de impacto y riesgo ambiental para proyectos de obras o actividades de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental:

a)

Se cobrará el treinta por ciento de lo establecido en el inciso anterior de conformidad con la fracción que corresponda a la actividad que se pretenda prorrogar o modificar.

III.

Por concepto de recepción, evaluación y autorización del proyecto de sistema de tratamiento de aguas residuales, independientemente del uso o rango:

63.6164 UMA

IV.

En materia de verificación vehicular obligatoria, en los términos establecidos en la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental y en el Programa Estatal de Verificación Vehicular Obligatoria y sus modificaciones:

a)Por pago de servicios de verificación vehicular estática en centro de verificación

autorizado con expedición de certificado holográfico:

1.Verificación de vehículos con motor a gasolina, gas licuado de petróleo o gas natural; o expedición de constancia técnica de verificación :

5.3014 UMA

2.Por verificación a vehículos con motor a diésel; o

expedición de constancia técnica de verificación :5.3014 UMA

b)Por pago de servicios de verificación vehicular dinámica en el verificentro autorizado:

1.Verificación con expedición de holograma tipo dinámico

estatal:5.3014 UMA

2.Verificación con expedición de holograma tipo “0”:5.3014 UMA

3.Verificación con expedición de holograma tipo “00”:10.6027 UMA

4.Expedición de constancia de verificación vehicular por extravío de certificado:

1.0603 UMA

c)Por el otorgamiento de concesión para prestar los servicios de verificación vehicular:

1.Centro de verificación estática para todo tipo de vehículo automotor:

1,314.7384 UMA

2.Verificentro homologado con verificación dinámica:1,378.3547 UMA

3.Línea adicional para el control de verificación estática o

dinámica, en el mismo sitio donde otorgó la concesión:795.2047 UMA

d)Por refrendo anual de concesión de verificación vehicular:265.0682 UMA

e)Por cesión de derechos de concesión para operar un centro de

verificación vehicular o verificentro, en términos de lo dispuesto por las leyes aplicables y el programa de verificación vehicular:

657.3692 UMA

 

V.Verificación industrial de emisiones de contaminación atmosférica. Por concepto de recepción, evaluación y otorgamiento de licencia ambiental de funcionamiento:

84.8218 UMA

 

VI.Por concepto de la realización de consulta pública y reunión pública de información de acuerdo a lo señalado en el artículo 43 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental:

84.8218 UMA

VII.Por concepto de la autorización de aprovechamiento de sustancias minerales que constituyan depósitos de acuerdo al artículo 117 de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental:

a)Todas aquellas excepto mármol, arena de sílice o de cuarzo y materia prima para fabricar cemento :

Rango

De 1 a 10,000 m2:95.4246 UMA

Más de 10,000 a 50,000 m2:190.8491 UMA

Más de 50,000 a 100,000 m2:233.2600 UMA

Más de 100,000 m2:318.0819 UMA

b)Que incluya mármol, arena de sílice o de cuarzo y materia prima para fabricar cemento :

Rango

De 1 a 10,000 m2:190.8491 UMA

Más de 10,000 a 50,000 m2:233.2600 UMA

Más de 50,000 a 100,000 m2:318.0819 UMA

Más de 100,000 m2:530.1364 UMA

VIII.Por concepto de la evaluación y otorgamiento de autorizaciones de: sitios de disposición final de residuos sólidos no peligrosos y de la instalación y operación de centros de acopio de residuos sólidos no peligrosos para su clasificación, reuso, tratamiento y reciclaje en coordinación con las autoridades del municipio, de acuerdo al artículo 175 incisos c) y e) de la Ley número 62 Estatal de Protección Ambiental:

Centros de acopio, almacenaje, reúso y reciclaje:

Rango/Uso

De 1 a 5,000 m2:21.2055 UMA

Más de 5,000 m2:53.0136 UMA

Instalaciones para el tratamiento, transformación, transporte y disposición final o eliminación de residuos sólidos:

Rango/Uso

De 1 a 10,000 m2:95.4246 UMA

Más de 10,000 a 50,000 m2:127.2327 UMA

Más de 50,000 a 100,000 m2:212.0546 UMA

Más de 100,000 m2:318.0819 UMA

IX.Por concepto del otorgamiento de autorizaciones para el manejo de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Prevención y Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

a)

Por concepto del Registro de transporte de residuos de manejo especial, de conformidad con la normatividad aplicable:

Rango

De 0 a 50:63.6164 UMA

De 51 a 100:84.8218 UMA

De 101 a 200:106.0273 UMA

Después de 200 vehículos, el incremento de los mismos, causará un derecho de 60 UMA por cada 100 vehículos.

b)

Por concepto de autorizaciones a los establecimientos dedicados a la reutilización, reciclado, remanufactura y tratamiento de residuos de manejo especial, de acuerdo a la normatividad aplicable:

42.4109 UMA

c)

Por concepto del informe mediante Cédula Estatal de operación anual para los Generadores de Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial, de acuerdo a la normatividad aplicable:

21.2055 UMA

d)

Por concepto de la aprobación de un plan de manejo propuesto por particulares de acuerdo al artículo 55 de la Ley de Prevención y gestión integral de residuos sólidos urbanos y de manejo especial:

10.6027 UMA

X.

Por la elaboración de los dictámenes de congruencia de ordenamiento ecológico, en términos de la Ley Estatal de Protección Ambiental y los Programas de Ordenamiento Ecológico respectivos:

2.1205 UMA



Estado de Veracruz Artículo 19 Código de Derechos
Artículo 1 ...17 18 19 20 21 ...62

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse