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Código de Elecciones Participación Ciudadana Artículo 211 Estado de Chiapas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2025

Código de Elecciones Participación Ciudadana Chiapas
Artículo 211.

1. Las boletas contendrán:

I. Los nombres y apellidos de los candidatos;

II. Cargo para el que se postula;

III. Distrito electoral y/o municipio;

IV. Color o combinación de colores y emblemas del partido político o candidato independiente;

V. Un solo espacio para cada fórmula de candidatos propietarios y suplentes en su caso;

VI. Las firmas impresas del Presidente y Secretario del Consejo General; y

VII. Espacio para candidatos o fórmulas no registradas.

2. Las boletas estarán adheridas a un talón con folio, del cual serán desprendibles. La información que contendrá este talón será la relativa al distrito electoral, municipio y la elección que corresponda. El número de folio será progresivo.

3. Los colores y emblemas de los partidos políticos o candidatos independientes aparecerán en la boleta en el orden que les corresponda de acuerdo a la antigüedad de su registro.

4. En caso de coalición o candidatura común, el nombre del candidato o fórmula aparecerán tantas veces como partidos los postulen, con el mismo tamaño y en un espacio diferente para cada uno de ellos de las mismas dimensiones que aquellos que se destinen en la boleta a los partidos políticos que participan por sí mismos. En todo caso, los emblemas de los partidos postulantes sólo aparecerán individualmente en el lugar de la boleta que les corresponda. Respecto a los candidatos independientes, aparecerán después de los candidatos de los partidos políticos.

En todo momento la documentación electoral deberá de contener las siguientes características:

a) Los documentos y materiales electorales deberán elaborarse utilizando materias primas que permitan ser recicladas, una vez que se proceda a su destrucción;

b) En el caso de las boletas electorales deberán elaborarse utilizando los mecanismos de seguridad que apruebe el Instituto Nacional Electoral;

c) La destrucción deberá llevarse a cabo empleando métodos que protejan el medio ambiente, según lo apruebe el Consejo General

d) La salvaguarda y cuidado de las boletas electorales son considerados como un asunto de seguridad nacional.



Estado de Chiapas Artículo 211 Código de Elecciones Participación Ciudadana
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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


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