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Código de Elecciones Participación Ciudadana Artículo 416 Estado de Chiapas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 10/08/2026

Código de Elecciones Participación Ciudadana Chiapas
Artículo 416.

1. En las resoluciones recaídas a los medios de impugnación, las partes podrán solicitar por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación respectiva, la aclaración de una resolución cuando a su juicio no se encuentre suficientemente clara, o la misma contenga algún error mecanográfico, de cifras o de cualquier índole. En este caso, el Tribunal Electoral o la autoridad que hubiese dictado la misma, procederá en un plazo no mayor a cinco días, a realizar la aclaración solicitada en caso de ser procedente; en caso contrario, desechará la solicitud de mérito exponiendo las razones y los argumentos de su determinación. En ningún caso, se podrá modificar el sentido de la resolución. La aclaración podrá operar de oficio, notificándose de nueva cuenta a las partes. En todo caso, la nueva notificación suspende los plazos para ser recurridas.

2. Quedará a criterio de la autoridad electoral respectiva la aplicación de una multa que no excederá de cien días de la Unidad de Medida y Actualización para aquel litigante que notoriamente y con el objeto de retrasar o de aumentar el plazo para recurrir las resoluciones de mérito, solicite una aclaración a todas luces infundada.

3. Contra la imposición de multas, no procede medio impugnativo alguno.



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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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