Código de Familia Artículo 61 Estado de Sonora
Código de Familia Sonora
Artículo 61.
Forman parte del fondo social, a menos que en las capitulaciones se acuerde otra cosa:
I.- Todos los bienes adquiridos por cualquiera de los cónyuges en el ejercicio de su profesión, trabajo o actividad lícita;
II.- La herencia, legado o donación hechos en favor de ambos cónyuges sin designación de parte;
III.- Los frutos, accesiones, rentas o intereses percibidos o devengados durante la vigencia de la sociedad, procedente de los bienes comunes o propios de cada cónyuge;
IV.- El precio sacado de la masa social para que un cónyuge adquiera o pague bienes cuyo título sea anterior al matrimonio;
V.- El costo de cualquier mejora o reparación hecha en finca propia, o el importe de los impuestos prediales pagados con fondos sociales, a menos que sus rentas o frutos ingresen a la sociedad como gananciales;
VI.- El importe de las obligaciones familiares de uno de los cónyuges, anteriores al matrimonio, salvo cuando los salarios y las rentas o frutos de los bienes del deudor entren como gananciales de la sociedad;
VII.- El exceso o diferencia de precio cubierto por la sociedad, en la permuta o adquisición de bienes que se realice con el precio obtenido de la enajenación de bienes propios de uno de los cónyuges;
VIII.- Los bienes adquiridos durante la sociedad a costa del caudal común, aunque aparezca como adquirente uno sólo de los consortes; y
IX.- Los beneficios o regalías derivados de los derechos de autor o de la propiedad industrial, aunque se hayan constituido o producido antes del matrimonio, pero sólo mientras dure la unión
Estado de Sonora Artículo 61 Código de Familia
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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