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Código de Familia Artículo 526 Estado de Yucatán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código de Familia Yucatán
Artículo 526. Objeto del Consejo Estatal de Tutela

El Consejo Estatal de Tutela es un organismo auxiliar que depende del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia, y tiene por objeto promover el fortalecimiento de la integración familiar mediante la coordinación de acciones, fomento, procuración y elaboración de disposiciones tendientes a favorecer la creación y el funcionamiento del Consejo Local de Tutela de los municipios, para cumplir con las atribuciones establecidas en este Código. El Consejo Estatal de Tutela debe estar integrado por un Coordinador designado por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia y con el personal operativo necesario para llevar a cabo las funciones correspondientes.



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