Código de Familia Artículo 76 Estado de Yucatán
Código de Familia Yucatán
Artículo 76. Información acerca de los regímenes patrimoniales
Los oficiales del Registro Civil, al recibir la solicitud de matrimonio, deberán informar a los solicitantes, de las dos formas de régimen al que se puede sujetar el matrimonio, a fin de que los contrayentes expresen su voluntad.
Estado de Yucatán Artículo 76 Código de Familia
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Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y
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Código de Familia Yucatán Artículo 319. Derechos de las niñas, niños y adolescentes de opinar Código de Familia Yucatán Artículo 255. Reconocimiento hecho en escritura pública Código de Familia Yucatán Artículo 765. Requisitos para que surtan efectos los testamentos otorgados en el extranjero Constitución Baja California Sur Artículo 5. Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020 Federal Artículo 20.Publique la información de sí mismo
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