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Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 111 Ciudad de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/06/2025

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales
Artículo 111.

En cada una de las demarcaciones territoriales en que se divide la Ciudad de México, el Instituto Electoral contará con un órgano desconcentrado permanente denominado Dirección Distrital cabecera de demarcación.

Durante los procesos electorales, el Consejo General del Instituto Electoral, contará temporalmente con los órganos desconcentrados necesarios para cubrir todos los Distritos electorales locales en que se divida la Ciudad de México.

Las plazas que se ocupen en las Direcciones Distritales estarán integradas por personal que pertenece al Servicio Profesional Electoral Nacional, también podrá adscribirse personal de la Rama Administrativa, de acuerdo con las necesidades del Instituto en relación con la organización de los procesos electorales y de participación ciudadana, así como actividades de Educación Cívica y Construcción de Ciudadanía.



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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


oooooooooooooooo


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


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