Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 198 Estado de Morelos
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales
Artículo 198.
Las reuniones públicas realizadas por los partidos políticos, coaliciones y los candidatos registrados, se regirán por lo dispuesto en el artículo 9 de la Constitución Federal y su correlativo en la Constitución, no teniendo más límite que el respeto a los derechos de terceros, de los otros partidos y candidatos, así como las disposiciones que para el ejercicio de la garantía de reunión y la preservación del orden público, dicte la autoridad competente.
En aquellos casos en que las autoridades concedan gratuitamente a los partidos políticos o candidatos, el uso de locales cerrados de propiedad pública, deberán seguirse los siguientes criterios:
I. Las autoridades estatales y municipales deberán dar un trato equitativo en el uso de los locales públicos a todos los partidos políticos y candidatos independientes que participen en la elección, y
II. Los partidos políticos y los candidatos independientes deberán solicitar el uso de los locales con anticipación suficiente, señalando la naturaleza del acto a realizar, las horas necesarias para el evento, los requerimientos de la instalación y el responsable autorizado por el partido político que se hará cargo del buen uso de las instalaciones.
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porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es
quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69
Cuando surte efectos la notificacion en temas de registro de contratos de adhesion? Entiendo que el plazo es de 5 días hábiles, pero a partir de que momento empiezan a contar?
Podrian apoyarme como decia el articulo 3 fraccion xiv antes de su reforma, soy estudiante de la lic. De custodia penitenciaria y estoy haciendo mi tarea sobre las reformas de casi todas las leyes
Buenos días. Les informamos que esta ya es una nueva ley, en vigor desde julio de 2025, que ha sustituido a la anterior.
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