Código de Instituciones y Procesos Electorales Artículo 95 Estado de Puebla
Código de Instituciones y Procesos Electorales Puebla
Artículo 95.
La Junta Ejecutiva se reunirá por lo menos una vez al mes, previa convocatoria del Consejero Presidente a solicitud del Secretario Ejecutivo y tendrá las atribuciones siguientes:
I.- Proponer al Consejo General, las políticas y programas generales, y fijar los procedimientos administrativos;
II.- Fijar las políticas generales, programas, sistemas y procedimientos administrativos del Instituto;
III.- Coordinar la ejecución de los programas de actividades de las Direcciones del Instituto;
IV.- Se deroga;
V.- Vigilar el cumplimiento de los convenios suscritos con el Instituto Nacional Electoral;
VI.- Supervisar el cumplimiento de las normas aplicables a los partidos políticos y sus prerrogativas;
VII.- Verificar el cumplimiento de los programas de capacitación electoral cuando esta haya sido delegada la facultad y conforme a las reglas, lineamientos, criterios y formatos que dicte el Instituto Nacional Electoral para tal efecto, así como los de educación cívica del Instituto;
VIII.- Las que le confiera el Consejo General, el Consejero Presidente conforme a este Código y disposiciones aplicables
Estado de Puebla Artículo 95 Código de Instituciones y Procesos Electorales
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
Leer de nuevo
Código de Organización del Poder Judicial Chiapas Artículo 198. Ley Federal de Procedimiento Administrativo Artículo 47. Ordenanza General de la Armada Artículo 1,434. Código de Procedimientos Civiles Nuevo León Artículo 1068.Recomendados
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 95. Código de Instituciones y Procesos Electorales Puebla Artículo 174. Código de Instituciones y Procesos Electorales Puebla Artículo 226. Código de Instituciones y Procesos Electorales Puebla Artículo 412. Código Penal Colima Artículo 126.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios