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Código de Justicia Administrativa Artículo 89 Estado de Michoacán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Código de Justicia Administrativa Michoacán
Artículo 89.

Las notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos y la solicitud de informes o documentos, deberán realizarse:

I. Personalmente, al particular, cuando se trate de la primera notificación, la resolución final que se dicte en el procedimiento o se declare la caducidad de la instancia; o, comparezca el particular a la oficina administrativa de que se trate;

II. Por correo certificado o servicio de mensajería con acuse de recibo, telefax, medios de comunicación electrónica o cualquier otro medio, cuando así lo haya aceptado o solicitado expresamente el promovente y siempre que pueda comprobarse fehacientemente la recepción de los mismos, en los casos en que la autoridad cuente con un término perentorio para resolver sobre cuestiones relativas a licencias, permisos, autorizaciones, concesiones o cualquier otra resolución que implique un beneficio para el particular, o cuando se trate de actuaciones de trámite;

III. Por edictos, cuando se desconozca el domicilio del particular o en su caso, que la persona a quien deba notificarse haya sido declarado ausente, el acuerdo de inicio del procedimiento administrativo y su resolución por parte de la autoridad;

IV. Por lista, cuando no se señale domicilio para recibir notificaciones; y,

V. Tratándose de actos distintos a los señalados anteriormente, las notificaciones podrán realizarse por correo ordinario, mensajería, telegrama o, previa solicitud por escrito del interesado, a través de telefax, medios de comunicación electrónica u otro medio similar.



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Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y


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