Código de Procedimiento y Justicia Administrativa Para el Estado y los Municipios Artículo 312 Estado de Guanajuato
Código de Procedimiento y Justicia Administrativa
Artículo 312.
Las resoluciones de los Juzgados que pongan fin al proceso administrativo, podrán ser impugnadas por las partes mediante el recurso de revisión, ante las salas del Tribunal, ya sea por violaciones en la propia resolución o dentro del proceso que trasciendan al sentido de la misma. Asimismo, procederá contra los acuerdos de los Juzgados que concedan, nieguen o revoquen la suspensión.
Estado de Guanajuato Artículo 312 Código de Procedimiento y Justicia Administrativa Para el Estado y los Municipios
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jose
porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es
quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69
Cuando surte efectos la notificacion en temas de registro de contratos de adhesion? Entiendo que el plazo es de 5 días hábiles, pero a partir de que momento empiezan a contar?
Podrian apoyarme como decia el articulo 3 fraccion xiv antes de su reforma, soy estudiante de la lic. De custodia penitenciaria y estoy haciendo mi tarea sobre las reformas de casi todas las leyes
Buenos días. Les informamos que esta ya es una nueva ley, en vigor desde julio de 2025, que ha sustituido a la anterior.
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Código de Procedimiento y Justicia Administrativa Artículo 245. Ley de Ahorro y Credito Popular Artículo 126 Bis. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente Artículo 20 BIS 8. Código de Procedimientos Familiares Artículo 739. Procedimiento para hacer cesar la declaración de estado de interdicción Código de Procedimientos Familiares Artículo 330.Publique la información de sí mismo
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