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Código de Procedimientos Civiles Artículo 464 Estado de Hidalgo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código de Procedimientos Civiles Hidalgo
Artículo 464.

La cédula hipotecaria contendrá una relación suscinta de la escritura y concluirá en estos términos: "En virtud de las constancias que preceden, queda sujeta la finca, de la propiedad de... a juicio hipotecario, lo que se hace saber a las autoridades y al público, para que no se practique en la mencionada finca ningún embargo, toma de posesión, diligencia precautoria o cualquiera otra que entorpezca el curso del presente juicio o viole los derechos en él adquiridos por el C.

."



Estado de Hidalgo Artículo 464 Código de Procedimientos Civiles
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