Código de Procedimientos Civiles Artículo 539 Estado de Oaxaca
Código de Procedimientos Civiles Oaxaca
Artículo 539.
Si el secuestro recayere en finca urbana y sus rentas o sobre éstas solamente, el depositario tendrá el carácter de administrador, con las facultades y obligaciones siguientes:
I.Podrá contratar los arrendamientos, bajo la base que las rentas no sean menores de las que al tiempo de verificarse el secuestro rindiere la finca o departamento de ésta que estuviere arrendado; para el efecto, si ignorare cuál era en ese tiempo la renta, lo pondrá en conocimiento del juez, para que éste ordene al deudor que exhiba los contratos o ministre los datos respectivos; si no lo hiciere, el juez fijará la renta, de acuerdo, en lo conducente, con las disposiciones relativas del Código Civil. Exigirá para asegurar el arrendamiento las garantías de estilo, bajo su responsabilidad; si no quiere aceptar ésta, recabará autorización judicial. No está obligado el depositario a sostener aquella base si la finca es para habitación, pues en este caso las rentas deben ajustarse a lo que dispone el artículo 2329 de dicho Código, aun cuando resulten inferiores a las que producía aquélla al tener lugar el secuestro;
II.Recaudará las pensiones que por arrendamiento rinda la finca en sus términos y plazos; procediendo en su caso contra los inquilinos morosos con arreglo a la ley;
III.Hará sin previa autorización los gastos ordinarios de la finca, como el pago de contribuciones y los de mera conservación, servicio y aseo, no siendo excesivo su monto; cuyos gastos incluirá en la cuenta mensual de que después se hablará;
IV.Para hacer los gastos de reparación o de construcción, ocurrirá al juez solicitando la licencia para ello y acompañando al efecto los presupuestos respectivos;
V.Pagará, previa autorización judicial, los réditos de los gravámenes reconocidos sobre la finca.
Estado de Oaxaca Artículo 539 Código de Procedimientos Civiles
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con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
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MMM, si se trata de el nuevo sistema penal acusatorio, el propio código establece la posibilidad de que cierta información recopilada en la carpeta de investigación, puede incorporarse al jucio mediante lectura (cuando se trata de testigos muertos, entre otros), recuerde que sa es una de las cargas procesales que incumbe al ministerio publico y al asesor jurídico cumplir.
Tratándose del sistema tradicional, (averiguación previa) el juez toma en cuenta todo lo recabado en la averiguación previa para resolver la controversia asi como lo desahogado en la instrucción.
asi que todo depende del caso concreto.
saludos
concedieron un amparo y ordenaron la reposicion de todo el proceso, pero la causa penal es de hace 10 años, como se hara el juicio su las pruebas ya no existen y algunos testigos ya no estan, alguien tiene alguna idea
cuando no hay reparacion de daño x que ministerio publico insiste en la fraccion v
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