Código de Procedimientos Familiares Artículo 239 Estado de Coahuila de Zaragoza
Código de Procedimientos Familiares
Artículo 239. Solicitud para gravar o enajenar bienes del niño o niña
Para la venta de los bienes inmuebles o muebles preciosos, en general, del niño o niña al cuidado de quien desempeñe la patria potestad, requerirán los que la desempeñen autorización judicial, que se concederá cuando se acredite la absoluta necesidad o el evidente beneficio para el niño o niña, bajo el mismo esquema de los preceptos anteriores.
Este procedimiento podrán tramitarlo, en forma conjunta o separada, quienes desempeñen la patria potestad de los niños y las niñas.
Bajo las mismas condiciones podrán gravar los padres los bienes inmuebles de sus hijos o hijas, o consentir la extinción de derechos reales.
Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 239 Código de Procedimientos Familiares
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Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
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