Código de Procedimientos Penales Artículo 156 Estado de Colima
Código de Procedimientos Penales Colima
Artículo 156.
En tratándose de vehículos y otros objetos de uso lícito con que se cometa el delito, el juez, de oficio, decretará su embargo precautorio de ser posible en el mismo auto de radicación, y no se entregarán a sus propietarios hasta que sea cubierta la reparación del daño o garantizado su pago a satisfacción del juez.
En los casos previstos en el párrafo anterior, la parte ofendida dentro del plazo de 15 días contados a partir de la fecha en que les sea notificada la ejecución del embargo, y con posterioridad al auto de formal procesamiento en su caso, deberá promover el juicio civil o el incidente de reparación del daño exigible a terceros, y el juez, en el primer supuesto, previa solicitud, pondrá a disposición del Juez Civil respectivo los bienes embargados o caución otorgada juntamente con copia autorizada de la averiguación, continuándose el procedimiento conforme a la legislación civil.
El plazo de 15 días señalado, a juicio del juez y por causas justificadas podrá ser ampliado bajo su responsabilidad.
Si son varios los ofendidos, éstos procurarán demandar conjuntamente y de no ser así la entrega de los bienes embargados o caución substituta se hará al Juez Civil que primero lo solicite.
Transcurrido el plazo fijado sin que se promueva el juicio civil o el incidente, se procederá en la forma indicada en el párrafo segundo del artículo anterior.
Estado de Colima Artículo 156 Código de Procedimientos Penales
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jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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