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Código de Procedimientos Penales Artículo 544 Estado de Oaxaca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 30/07/2026

Código de Procedimientos Penales Oaxaca
Artículo 544.

Notificado el fallo a las partes, se remitirá desde luego la ejecutoria al Tribunal de Primera Instancia, devolviéndole el expediente en su caso



Estado de Oaxaca Artículo 544 Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...542 543 544 545 546 ...582

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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