Código de Procedimientos Penales Artículo 358 Estado de Puebla
Código de Procedimientos Penales Puebla
Artículo 358. Contenido de la acusación
La acusación deberá formularse por escrito y contener en forma clara y precisa los datos siguientes:
I.- La individualización del acusado y de su defensor;
II.- La individualización de la víctima u ofendido;
III.- El relato circunstanciado de los hechos atribuidos, sus modalidades y clasificación legal;
IV.- La forma de intervención que se atribuye al imputado;
V.- La mención de las circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal que, en su caso, concurrieren;
VI.- La expresión de los preceptos legales aplicables;
VII.- El ofrecimiento de los datos o elementos que el Ministerio Público se propone desahogar en el juicio, y en su caso, el registro de la prueba anticipada;
VIII.- Las penas y medidas de seguridad que el Ministerio Público solicite, incluyendo en su caso, el concurso de delitos;
IX.- Los daños que, en su caso, se considere se causaron a la víctima u ofendido y los datos o elementos que ofrezca para acreditarlos; y
X.- En su caso, la solicitud de que se aplique el procedimiento abreviado.
La acusación penal sólo podrá referirse a hechos y personas incluidos en el auto de vinculación a proceso, aunque se cambie su clasificación legal
Estado de Puebla Artículo 358 Código de Procedimientos Penales
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Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y
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