Código de Procedimientos Penales Artículo 198 Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Penales Veracruz
Artículo 198. Menores de edad o incapaces
Tratándose de menores de dieciocho años o de quienes no tengan capacidad de comprender el significado del hecho, la querella podrá ser presentada por quien ejerza la patria potestad o la tutela, o lo represente legalmente.
El menor o incapaz podrá actuar por sí mismo o por un tercero, cuando se trate de delitos cometidos en su contra por quien ejerza la patria potestad o la tutela, o por su propio representante
Estado de Veracruz Artículo 198 Código de Procedimientos Penales
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
Leer de nuevo
Código de Procedimientos Civiles México Artículo 1.261. Colaboración de terceros en la prueba Código Civil Ciudad de México Artículo 3068. Código de Procedimientos Penales San Luis Potosí Artículo 309. Código de Procedimientos Civiles Veracruz Artículo 91. Ley General de Responsabilidades Administrativas Artículo 50.Recomendados
Código Nacional de Procedimientos Penales Federal Artículo 198. Revocación de la suspensión condicional del proceso Código de Procedimientos Penales Veracruz Artículo 196. Trámite de la denuncia Código de Procedimientos Penales Veracruz Artículo 200. Cadena de custodia Código de Procedimientos Civiles Querétaro Artículo 34. Código de Procedimientos Penales Veracruz Artículo 201. ObjetivoPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios