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Código de Procedimientos Penales Artículo 496 Estado de Veracruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/07/2026

Código de Procedimientos Penales Veracruz
Artículo 496. Determinación de la inimputabilidad en el proceso

Cuando el Ministerio Público ha ejercido acción penal y puesto al sujeto inimputable a disposición

del juez de control, o cuando en el proceso surjan indicios de que el imputado es inimputable, inmediatamente, sin suspender el procedimiento, el juez lo mandará examinar por peritos médicos para determinar tal circunstancia y, en su caso, ordenará el internamiento del inimputable en el centro de salud correspondiente, o que sea puesto bajo el cuidado de quienes deben hacerse cargo de él.

El juez se pronunciará sobre la situación jurídica del inimputable dentro del plazo a que se refiere el Artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El juez adoptará, mientras se haga el examen por peritos médicos, las medidas necesarias para asegurar la protección y asistencia al inimputable, sin perjuicio de continuar el procedimiento en relación con otros coimputados, si los hubiere.

El dictamen comprenderá todos los puntos conducentes a establecer si el imputado padece trastorno mental o desarrollo intelectual retardado, en los términos establecidos en el Código Penal para el Estado. Asimismo, contendrá un diagnóstico a la fecha de practicarse el examen y un pronóstico con indicación del tratamiento que sea recomendable a juicio del perito.



Estado de Veracruz Artículo 496 Código de Procedimientos Penales
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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