Código Electoral Artículo 294 Estado de Aguascalientes
Código Electoral Aguascalientes
Artículo 294.
La Fiscalía Especial en Delitos Electorales estará a lo dispuesto por el Título Tercero de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, en cuanto a la distribución de competencias y tareas de coordinación entre la Federación y las Entidades Federativas.
La Fiscalía Especial en Delitos Electorales será competente para investigar y perseguir los delitos electorales cuando no sea competente la Federación conforme a lo dispuesto en los artículos 21 y 22 de Ley General en Materia de Delitos Electorales y tendrá, además de las que le otorga la ley de la materia, las siguientes facultades:
I. Manifestar su conformidad para la destrucción de la documentación y material electoral que proceda conforme lo dispuesto en el presente Código;
II. Requerir a la autoridad electoral la documentación, informes y medios de prueba necesarios para el esclarecimiento de hechos delictivos;
III. Realizar acciones tendientes a informar sobre las conductas que constituyen delito en materia electoral y las sanciones aplicables, como medidas preventivas;
IV. Elaborar manuales de procedimiento e informativos para la interposición de denuncias;
V. Informar al Fiscal General del Estado y al Consejo sobre el estado y resultado de las denuncias por delitos electorales que se recibieron durante el proceso electoral, y
VI. Informar al Registro Federal de Electores sobre los ciudadanos que se encuentren suspendidos de sus derechos político-electorales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de este Código.
Estado de Aguascalientes Artículo 294 Código Electoral
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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