Código Electoral Estado de Aguascalientes
Código Electoral Estado de Aguascalientes
- Artículo 1. El presente Código es de orden público y de observancia general en el Estado...
- Artículo 2. Para efectos de este Código se entiende por: I. Afiliado o Militante:...
- Artículo 3. La aplicación de este Código, en el ámbito de sus respectivas competencias,...
- Artículo 4. El Sistema Estatal Electoral se regirá por los principios rectores de...
- Artículo 5. La promoción de la participación ciudadana para el ejercicio del derecho al...
- Artículo 6. Son derechos y prerrogativas de los ciudadanos: I. El ejercicio del...
- Artículo 7. El voto es universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible....
- Artículo 8. Los ciudadanos del Estado, para ejercer el derecho al voto, deberán...
- Artículo 9. Son requisitos para ser Diputado, Gobernador o miembro de un Ayuntamiento,...
- Artículo 10. Para los efectos de los artículos 20, fracción III, 38, fracción II y 66,...
- Artículo 11. El Instituto desarrollará, en términos de lo dispuesto por la LGIPE y por...
- Artículo 12. En las elecciones estatales, participarán los partidos políticos nacionales...
- Artículo 13. El Consejo, vigilará que las actividades de los partidos políticos...
- Artículo 14. Los partidos políticos nacionales deberán acreditar su calidad ante el...
- Artículo 15. En ningún caso podrá participar en elecciones ordinarias o extraordinarias...
- Artículo 16. Los partidos políticos nacionales que pierdan su registro por no haber...
- Artículo 17. La pérdida del registro de un partido político no tiene efectos en relación...
- Artículo 18. La pérdida de la acreditación o registro estatal traerá como consecuencia,...
- Artículo 19. En el caso de la pérdida de registro o de la acreditación estatal de un...
- Artículo 20. El interventor designado deberá: I. Emitir aviso de liquidación del...
- Artículo 21. La constitución de partidos políticos locales, así como plazos y requisitos...
- Artículo 22. Son derechos y obligaciones de los partidos políticos acreditados o...
- Artículo 23. No podrán actuar como representantes de los partidos políticos y candidatos...
- Artículo 24. Los partidos políticos, podrán solicitar al Consejo, se apliquen sanciones...
- Artículo 25. Son obligaciones de los partidos políticos en el Estado, además de las...
- Artículo 26. Los partidos políticos, precandidatos y candidatos, dentro del periodo de...
- Artículo 27. Ser candidato, dirigente o representante de un partido político, no exime de...
- Artículo 28. Toda persona tiene derecho a acceder a la información de los partidos...
- Artículo 29. Las autoridades electorales locales solamente podrán intervenir en los...
- Artículo 30. El régimen de financiamiento de los partidos políticos acreditados en el...
- Artículo 31. Para que un partido político cuente con recursos públicos locales deberá...
- Artículo 32. El Presidente del Consejo someterá el proyecto de presupuesto para el...
- Artículo 33. Los partidos políticos tendrán derecho al financiamiento público para el...
- Artículo 34. Los partidos políticos tendrán derecho al financiamiento público para gastos...
- Artículo 35. Los partidos políticos como entidades de interés público, tendrán derecho al...
- Artículo 36. En el caso de que un partido político pierda su registro, y no opere el...
- Artículo 37. Además de lo establecido en el Capítulo que antecede, los partidos políticos...
- Artículo 38. El financiamiento privado en sus distintas modalidades se regirá por lo...
- Artículo 39. El financiamiento general de los partidos políticos y para sus campañas que...
- Artículo 40. El financiamiento de simpatizantes estará conformado por las aportaciones...
- Artículo 41. El autofinanciamiento estará constituido por los ingresos que los partidos...
- Artículo 42. Los partidos políticos deberán establecer en instituciones bancarias...
- Artículo 43. La verificación de las operaciones financieras se hará en la forma y...
- Artículo 44. El régimen financiero de los partidos políticos acreditados en el Estado se...
- Artículo 45. El Instituto podrá fiscalizar los ingresos y egresos de los partidos...
- Artículo 46. Los partidos políticos y los candidatos independientes fiscalizados, podrán...
- Artículo 47. El personal de la Contraloría Interna está obligado a guardar reserva sobre...
- Artículo 48. Cuando sea delegada al Instituto la facultad de fiscalización de los...
- Artículo 49. Para los efectos de este Capítulo se entienden como gastos de campaña los...
- Artículo 50. El Consejo, a propuesta de la Contraloría Interna y previo al inicio de las...
- Artículo 51. El Consejo, en la determinación de los topes de gastos de campaña, aplicará...
- Artículo 52. La Contraloría Interna fiscalizará los recursos y programas del Instituto en...
- Artículo 53. Los partidos políticos en el Estado, no son sujetos de los impuestos y...
- Artículo 54. A los partidos políticos en el Estado, no se les podrán otorgar exenciones...
- Artículo 55. El régimen fiscal a que se refiere el artículo 53 de este Código , no...
- Artículo 56. Los partidos políticos acreditados en el Estado disfrutarán de las...
- Artículo 57. Los frentes, las coaliciones y las fusiones de los partidos políticos, se...
- Artículo 57 A. En los procesos electorales, los partidos tendrán derecho a postular...
- Artículo 57 B. La candidatura común es la unión de dos o más partidos políticos, sin mediar...
- Artículo 57 C. Los partidos políticos tendrán derecho a postular candidaturas comunes para...
- Artículo 57 D. El convenio de candidatura común deberá contener: I. Nombre de los...
- Artículo 57 E. Al convenio de candidatura común se acompañará lo siguiente: I. El...
- Artículo 57 F. El Consejo dentro de los cinco días siguientes a la presentación de la...
- Artículo 57 G. Los partidos políticos que postulen candidatos comunes no podrán postular...
- Artículo 57 H. Para los efectos de la integración de los órganos electorales, del...
- Artículo 58. Las asociaciones políticas estatales son formas de agrupación ciudadana que...
- Artículo 59. Para obtener el registro como asociación política estatal, quien lo solicite...
- Artículo 60. Las asociaciones políticas con registro, gozarán del régimen fiscal previsto...
- Artículo 61. Las asociaciones políticas estatales solo podrán participar en procesos...
- Artículo 62. Las asociaciones políticas deberán presentar cuatrimestralmente un informe...
- Artículo 63. Las asociaciones políticas perderán su registro por las siguientes causas:...
- Artículo 64. La organización de las elecciones estatales es una función que se realiza a...
- Artículo 65. El Instituto, para el pleno desarrollo de sus actuaciones y atribuciones,...
- Artículo 66. El Instituto es un organismo público dotado de personalidad jurídica y...
- Artículo 67. Los organismos del Instituto que intervienen en la función de organizar...
- Artículo 68. Son fines del Instituto los siguientes: I. Contribuir al desarrollo de la...
- Artículo 69. El Consejo es el órgano superior de dirección y decisión electoral en el...
- Artículo 70. Los consejeros electorales locales deberán cumplir los requisitos...
- Artículo 71. El Consejero Presidente y los consejeros serán electos y removidos de sus...
- Artículo 72. El Consejo elegirá al Secretario Ejecutivo, al Director Administrativo, al...
- Artículo 73. Todos los integrantes del Instituto y sus funcionarios, deberán desempeñar...
- Artículo 74. El Consejo, dentro y fuera del proceso electoral, se reunirá ordinariamente...
- Artículo 75. Son atribuciones del Consejo, además de las establecidas en el artículo 104...
- Artículo 76. Corresponden al Consejero Presidente las atribuciones siguientes: I....
- Artículo 77. El Secretario Ejecutivo deberá cumplir con los requisitos establecidos en el...
- Artículo 78. El Secretario Ejecutivo tendrá las siguientes atribuciones: I....
- Artículo 79. Para su funcionamiento, el Instituto contará con las siguientes direcciones...
- Artículo 80. El titular de cualquier dirección ejecutiva y unidad técnica, deberá cumplir...
- Artículo 81. Corresponden a la Dirección Administrativa las siguientes atribuciones:...
- Artículo 82. Corresponde a la Dirección de Capacitación y Organización Electoral, lo...
- Artículo 83. Para efectos de la capacitación de los consejeros distritales y municipales,...
- Artículo 84. Corresponde a la Dirección Jurídica las siguientes funciones: I....
- Artículo 85. La Junta Estatal Ejecutiva del Instituto, es un organismo electoral técnico...
- Artículo 86. La Junta Estatal Ejecutiva se reunirá por lo menos una vez al mes con los...
- Artículo 87. Los consejos distritales electorales son los responsables de organizar las...
- Artículo 88. Con residencia en cada uno de los distritos electorales en que se divide el...
- Artículo 89. Los consejos distritales electorales se integrarán por cinco consejeros...
- Artículo 90. Para ser Consejero Electoral o Secretario Técnico de un Consejo Distrital o...
- Artículo 91. Los Consejos Distritales Electorales tendrán las atribuciones siguientes:...
- Artículo 92. Corresponden al Presidente del Consejo Distrital las atribuciones...
- Artículo 93. Corresponden al Secretario del Consejo Distrital Electoral las siguientes...
- Artículo 94. Los consejos municipales electorales son los responsables de celebrar el...
- Artículo 95. Con residencia en cada una de las cabeceras municipales de cada uno de los...
- Artículo 96. Los consejos municipales electorales se integrarán por cinco consejeros...
- Artículo 97. Son requisitos para ser Consejero Electoral o Secretario de un Consejo...
- Artículo 98. Los consejos municipales electorales tendrán las atribuciones siguientes:...
- Artículo 99. Corresponden al Presidente del Consejo Municipal las atribuciones...
- Artículo 100. Corresponden al Secretario del Consejo Municipal las siguientes...
- Artículo 101. La función de la Oficialía Electoral es atribución del Secretario Ejecutivo...
- Artículo 102. La Oficialía Electoral tendrá las siguientes atribuciones: I....
- Artículo 103. La fe pública para actos o hechos de naturaleza electoral, sólo podrá ser...
- Artículo 104. Dirección de Capacitación y Organización Electoral, previa aprobación del...
- Artículo 105. Las mesas directivas de casillas son los organismos electorales que tienen a...
- Artículo 106. Los servidores públicos de los órganos electorales desempeñarán su función...
- Artículo 107. Los presidentes de los consejos electorales convocarán por escrito a la...
- Artículo 108. Los consejos distritales y municipales electorales, dentro de las cuarenta y...
- Artículo 109. Los partidos políticos deberán acreditar a sus representantes ante los...
- Artículo 110. Los partidos políticos y candidatos independientes podrán sustituir en todo...
- Artículo 111. Cuando el representante propietario de un partido político o candidato...
- Artículo 112. Los consejos distritales y municipales, expedirán a solicitud de los...
- Artículo 113. Las sesiones de los consejos serán públicas. Los asistentes deberán guardar...
- Artículo 114. En las sesiones de los consejos, solo ocuparán lugar y tomarán parte en las...
- Artículo 115. Para que los consejos electorales puedan sesionar es necesario que estén...
- Artículo 116. El Instituto celebrará los convenios necesarios con las dependencias...
- Artículo 117. Las autoridades federales, estatales y municipales están obligadas a...
- Artículo 118. Los consejos electorales determinarán su horario de labores. Los consejos...
- Artículo 119. Para asegurar el orden y garantizar el desarrollo de la jornada electoral,...
- Artículo 120. Las autoridades federales, estatales y municipales tendrán la obligación de...
- Artículo 121. Los notarios públicos en ejercicio, los jueces de primera instancia, los...
- Artículo 122. Los miembros del servicio profesional electoral nacional del Instituto se...
- Artículo 123. El Poder Legislativo se deposita en el Congreso del Estado, el cual estará...
- Artículo 124. El Poder Ejecutivo del Estado de Aguascalientes se deposita en una sola...
- Artículo 125. Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento integrado por...
- Artículo 126. Las elecciones ordinarias se verificarán el primer domingo del mes de junio...
- Artículo 127. A más tardar tres meses antes del inicio del proceso electoral, el Instituto...
- Artículo 128. Se convocará a elecciones extraordinarias en los términos y plazos que marca...
- Artículo 129. La convocatoria para la celebración de elecciones extraordinarias, no podrá...
- Artículo 130. El proceso electoral es el conjunto de actos ordenados por la Constitución y...
- Artículo 131. El proceso electoral ordinario se inicia a más tardar la primera semana del...
- Artículo 132. Los procesos internos para la selección de candidatos a cargos de elección...
- Artículo 133. Los precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular que participen...
- Artículo 134. Se entiende por precampaña electoral el conjunto de actos que realizan los...
- Artículo 135. Los partidos políticos, conforme a sus Estatutos, deberán establecer el...
- Artículo 136. Solamente los precandidatos debidamente registrados por el partido de que se...
- Artículo 137. A más tardar en el mes de noviembre del año previo al de la elección, el...
- Artículo 138. El precandidato que rebase el tope de gastos de precampaña establecido por...
- Artículo 139. Quedan comprendidos dentro de los topes de gasto de precampaña los...
- Artículo 140. A las precampañas y a los precandidatos se les aplicará, en lo conducente,...
- Artículo 141. Para el registro de candidaturas de partidos políticos a todo cargo de...
- Artículo 142. Las Plataformas Política y Legislativa, deberán presentarse para su registro...
- Artículo 143. Corresponde a los partidos políticos, candidaturas comunes y coaliciones el...
- Artículo 143 A. De no subsanarse las omisiones respecto de la observancia de las reglas de...
- Artículo 144. La solicitud del registro de candidaturas se hará: I. Durante el...
- Artículo 145. La solicitud de registro de candidatos de los partidos políticos será...
- Artículo 146. Los consejos distritales comunicarán al Consejo, la solicitud del registro...
- Artículo 147. La solicitud de registro de candidato de los partidos políticos deberá...
- Artículo 148. Las candidaturas de los partidos políticos para los ayuntamientos serán...
- Artículo 149. El Consejo podrá registrar candidatos a diputados por el principio de...
- Artículo 150. La lista estatal de candidatos a diputados de representación proporcional...
- Artículo 151. A ninguna persona podrá registrársele como candidato a distintos cargos de...
- Artículo 152. Los partidos políticos podrán registrar simultáneamente en el mismo proceso...
- Artículo 153. Para el registro de candidatos de coalición según corresponda, deberá...
- Artículo 154. Recibida una solicitud de registro de candidaturas de los partidos políticos...
- Artículo 155. Los partidos políticos, coaliciones y candidaturas comunes podrán sustituir...
- Artículo 156. El Consejo enviará para su publicación en el Periódico Oficial del Estado la...
- Artículo 156 A. Son sujetos de reelección consecutiva los servidores públicos de elección...
- Artículo 156 B. El término para separarse del cargo de los diputados, presidentes...
- Artículo 156 C. Los servidores públicos que participen en los procesos de reelección...
- Artículo 157. La campaña electoral, para los efectos de este Código, es el conjunto de...
- Artículo 158. Para los efectos de lo dispuesto por el párrafo octavo del artículo 134 de...
- Artículo 159. Los gastos que realicen los partidos políticos, las coaliciones, las...
- Artículo 160. La propaganda y mensajes que en el curso de las precampañas y campañas...
- Artículo 161. La duración de las campañas no deberá exceder de: I. Sesenta días para las...
- Artículo 162. La propaganda impresa que los candidatos utilicen durante la campaña...
- Artículo 163. En la colocación o fijación de propaganda electoral, los partidos y...
- Artículo 164. Los organismos electorales, dentro del ámbito de su competencia, velarán por...
- Artículo 165. Los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes y candidatos que...
- Artículo 166. Para la publicación de cualquier encuesta o sondeo de opinión sobre asuntos...
- Artículo 167. El Instituto organizará dos debates obligatorios entre todos los candidatos...
- Artículo 168. El Programa de Resultados Electorales Preliminares es el mecanismo de...
- Artículo 169. El Consejo determinará la viabilidad de realizar conteos rápidos, en...
- Artículo 170. Cualquier infracción a las disposiciones contenidas en el presente Capítulo...
- Artículo 171. La integración y ubicación de Mesas Directivas de Casilla se hará de...
- Artículo 172. En términos de lo dispuesto por el artículo 259 de la LGIPE y el Reglamento...
- Artículo 173. Los asistentes electorales serán nombrados por el Consejo dentro de la...
- Artículo 174. Los asistentes electorales y los capacitadores electorales, deberán reunir...
- Artículo 175. Los asistentes electorales auxiliarán al Consejo, consejos distritales y...
- Artículo 176. La documentación y materiales electorales que se utilicen en las elecciones...
- Artículo 177. Las boletas para la elección de Gobernador, diputados y de ayuntamientos,...
- Artículo 178. No habrá modificación a las boletas en caso de cancelación del registro, o...
- Artículo 179. Para cada mesa directiva de casilla habrá dos tipos de actas que tendrán...
- Artículo 180. Las actas que deban ser levantadas por la mesa directiva de casilla, deberán...
- Artículo 181. Las boletas deberán obrar en poder de los consejos distritales electorales,...
- Artículo 182. Para el control de las boletas electorales además de lo establecido en el...
- Artículo 183. Los presidentes de los consejos distritales entregarán, contra el recibo...
- Artículo 184. En términos de los lineamientos que establezca el INE, el Consejo encargará...
- Artículo 185. Las urnas en que los electores depositen las boletas en que hayan sufragado,...
- Artículo 186. El Presidente y el Secretario de cada casilla cuidarán las condiciones...
- Artículo 187. Los consejos distritales darán publicidad a la lista de los lugares en que...
- Artículo 188. Dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que el Consejo haga la...
- Artículo 189. La instalación y apertura de la casilla única, la recepción de la votación,...
- Artículo 190. Los miembros de la mesa directiva de la casilla no podrán retirarse sino...
- Artículo 191. Los consejos distritales, previamente al día de la elección, podrán...
- Artículo 192. Para la recepción de los paquetes electorales por los consejos distritales...
- Artículo 193. El primer domingo de junio del año de la elección, a las ocho horas, los...
- Artículo 194. Los ciudadanos nombrados funcionarios suplentes, deberán presentarse a la...
- Artículo 195. De no instalarse la casilla de la forma prevista por este ordenamiento, a...
- Artículo 196. La hora de instalación de la casilla se registrará en el espacio...
- Artículo 197. Serán causas justificadas para la instalación de la casilla en lugar...
- Artículo 198. En el caso de cambio de ubicación de casilla por causa justificada, el nuevo...
- Artículo 199. Una vez instalada la casilla, los electores votarán en el orden en que se...
- Artículo 200. El presidente de la Mesa Directiva permitirá que voten los ciudadanos que,...
- Artículo 201. El presidente de la Mesa Directiva de casilla recogerá la credencial para...
- Artículo 202. La votación se efectuará de la forma siguiente: I. El elector, de...
- Artículo 203. Para identificar a los electores que ya hubieren votado, el Secretario de la...
- Artículo 204. Corresponde al presidente de la Mesa Directiva mantener el orden, asegurar...
- Artículo 205. Permanecerán en la casilla, además de los funcionarios de ella, los...
- Artículo 206. En ningún caso se permitirá el acceso a la casilla a personas que acudan...
- Artículo 207. El presidente de la Mesa Directiva podrá solicitar el auxilio de la fuerza...
- Artículo 208. Los representantes de los partidos políticos y de los candidatos...
- Artículo 209. Ninguna autoridad podrá detener a los integrantes de las mesas directivas de...
- Artículo 210. La votación se cerrará a las dieciocho horas. Sólo podrá cerrarse antes,...
- Artículo 211. Concluida la emisión del voto, se llenará el espacio correspondiente en el...
- Artículo 212. Una vez cerrada la votación y levantada el acta respectiva, los integrantes...
- Artículo 213. El escrutinio y cómputo es el procedimiento por el cual los integrantes de...
- Artículo 214. El procedimiento de escrutinio y cómputo se practicará para cada una de las...
- Artículo 215. El escrutinio y cómputo de cada elección se llevará a cabo conforme a las...
- Artículo 216. El Presidente de la Mesa Directiva de Casilla, una vez concluido el...
- Artículo 217. Para determinar la validez o nulidad de los votos se observarán las reglas...
- Artículo 218. Si se encontraren boletas de una elección en la urna correspondiente a otra,...
- Artículo 219. Al término del escrutinio y cómputo de cada una de las elecciones, y una vez...
- Artículo 220. Para garantizar la inviolabilidad de la documentación anterior, con el...
- Artículo 221. Los representantes de los partidos políticos y de los candidatos...
- Artículo 222. Al finalizar el escrutinio y cómputo se clausurará la casilla. Acto seguido...
- Artículo 223. El Consejo Distrital electoral tomará las prevenciones necesarias para que...
- Artículo 224. El cómputo de una elección es la suma que realizan los organismos...
- Artículo 225. Cuando el Consejo Distrital o Municipal considere que no es posible realizar...
- Artículo 226. Los presidentes de los consejos distritales y municipales, y del Consejo,...
- Artículo 227. Los consejos distritales y municipales sesionarán en forma ininterrumpida a...
- Artículo 228. El cómputo distrital y municipal de la elección se sujetará al procedimiento...
- Artículo 229. El Consejo Distrital o Municipal respectivo, una vez realizado el...
- Artículo 230. El Consejo sesionará en forma ininterrumpida a partir de las ocho horas del...
- Artículo 231. Para hacer el cómputo final de la elección de Gobernador del Estado y la de...
- Artículo 232. Una vez concluido el cómputo final de la elección para diputados de mayoría...
- Artículo 233. Las normas para la asignación de curules de representación proporcional son...
- Artículo 234. Todo partido político que obtenga el triunfo en la totalidad de los...
- Artículo 235. Con base en los resultados finales de los cómputos de la elección de...
- Artículo 236. Para la asignación de regidores por el principio de representación...
- Artículo 237. El Consejo, una vez realizados los cómputos finales procederá: I. A...
- Artículo 238. El Presidente del Consejo, agregará al expediente de la elección de...
- Artículo 239. Los ciudadanos que residan en el extranjero, podrán ejercer su derecho al...
- Artículo 240. En la sustanciación de los procedimientos sancionadores, se aplicará...
- Artículo 241. Son sujetos de responsabilidad por infracciones cometidas a las...
- Artículo 242. Constituyen infracciones de los partidos políticos al presente Código:...
- Artículo 243. Constituyen infracciones de las asociaciones políticas, al presente Código:...
- Artículo 244. Constituyen infracciones de los aspirantes, precandidatos, candidatos o...
- Artículo 245. Las infracciones cometidas por los Candidatos Independientes, también se...
- Artículo 246. Constituyen infracciones de los ciudadanos, de los dirigentes de partidos...
- Artículo 247. Constituyen infracciones de los observadores electorales y de las...
- Artículo 248. Constituyen infracciones al presente Código de las autoridades o los...
- Artículo 249. Constituyen infracciones de los notarios públicos al presente Código, el...
- Artículo 250. Constituyen infracciones al presente Código de los ministros de culto,...
- Artículo 251. Para la individualización de las sanciones a que se refiere este Libro, una...
- Artículo 252. Los procedimientos sancionadores se clasifican de la siguiente manera:...
- Artículo 253. Las notificaciones se harán a más tardar dentro de los tres días hábiles...
- Artículo 254. Son objeto de prueba los hechos controvertidos. No lo será el derecho, los...
- Artículo 255. Las pruebas deberán ofrecerse en el primer escrito que presenten las partes...
- Artículo 256. Las pruebas admitidas y desahogadas serán valoradas en su conjunto,...
- Artículo 257. Para la resolución expedita de las quejas o denuncias y con el objeto de...
- Artículo 258. El procedimiento para el conocimiento de las faltas y aplicación de...
- Artículo 259. Cualquier persona podrá presentar quejas o denuncias por presuntas...
- Artículo 260. Cuando se omita cualquiera de los requisitos señalados en el artículo...
- Artículo 261. La queja o denuncia será improcedente cuando: I. Se trate de quejas o...
- Artículo 262. Procederá el sobreseimiento de la queja o denuncia, cuando: I. Habiendo...
- Artículo 263. El estudio de las causas de improcedencia o sobreseimiento de la queja o...
- Artículo 264. Admitida la queja o denuncia, la Secretaría Ejecutiva emplazará al...
- Artículo 265. La investigación para el conocimiento cierto de los hechos se realizará por...
- Artículo 266. Concluido el desahogo de las pruebas, la Secretaría Ejecutiva pondrá el...
- Artículo 267. En la sesión en que conozca del proyecto de resolución, el Consejo...
- Artículo 268. Dentro de los procesos electorales, la Secretaría Ejecutiva instruirá el...
- Artículo 269. Los procedimientos relacionados con la difusión de propaganda que se...
- Artículo 270. La denuncia deberá ser presentada ante la Secretaría Ejecutiva, para que...
- Artículo 271. Cuando la Secretaría Ejecutiva admita la denuncia, emplazará al denunciante...
- Artículo 272. La audiencia de pruebas y alegatos se llevará a cabo de manera...
- Artículo 273. Celebrada la audiencia, la Secretaría Ejecutiva deberá turnar de forma...
- Artículo 274. El Tribunal será competente para resolver sobre el procedimiento especial...
- Artículo 275. Las sentencias que resuelvan el procedimiento especial sancionador, podrán...
- Artículo 276. Cuando las denuncias a que se refiere este Capítulo tengan como motivo la...
- Artículo 277. Para los efectos del presente Capítulo, serán considerados como servidores...
- Artículo 278. Serán causas de responsabilidad para los servidores públicos del Instituto,...
- Artículo 279. El procedimiento para determinar las responsabilidades de los servidores...
- Artículo 280. Las quejas o denuncias que se presenten ante el Consejo, de oficio o a...
- Artículo 281. Las quejas o denuncias serán improcedentes cuando: I. Se trate de actos...
- Artículo 282. Procederá el sobreseimiento cuando: I. Recibida la queja o denuncia,...
- Artículo 283. Para la determinación de las responsabilidades administrativas a que se...
- Artículo 284. Las sanciones aplicables a las faltas contempladas en el presente Capítulo...
- Artículo 285. Las faltas serán valoradas y, en su caso sancionadas, de conformidad con los...
- Artículo 286. Con independencia del sentido de la resolución que se dicte al final del...
- Artículo 287. Las resoluciones por las que se impongan sanciones administrativas podrán...
- Artículo 288. La Contraloría Interna es el órgano auxiliar de control del Instituto...
- Artículo 289. El Contralor podrá ser sancionado por las siguientes causas graves de...
- Artículo 290. La Contraloría Interna tendrá las facultades siguientes: I. Fijar los...
- Artículo 291. Los servidores públicos adscritos a la Contraloría Interna y, en su caso,...
- Artículo 292. Los órganos, áreas ejecutivas y servidores públicos del Instituto estarán...
- Artículo 293. Si transcurrido el plazo establecido por la Contraloría Interna, el órgano o...
- Artículo 294. La Fiscalía Especial en Delitos Electorales estará a lo dispuesto por el...
- Artículo 295. El Fiscal Especial en Delitos Electorales, durará en su cargo seis años y...
- Artículo 296. Los medios de impugnación regulados por este Código tienen por objeto...
- Artículo 297. Los medios de impugnación que integran este sistema, son los recursos de:...
- Artículo 298. Las disposiciones del presente Título rigen para el trámite, sustanciación y...
- Artículo 299. Para la resolución de los medios de impugnación previstos en esta ley, las...
- Artículo 300. Durante los procesos electorales todos los días y horas son hábiles. Los...
- Artículo 301. Los recursos previstos en este Código, deberán presentarse dentro de los...
- Artículo 302. Los recursos deben presentarse por escrito ante la autoridad responsable del...
- Artículo 303. Los recursos interpuestos se desecharán de plano, cuando: I. No se...
- Artículo 304. Los recursos que regula este Código, se considerarán improcedentes en los...
- Artículo 305. El sobreseimiento de los recursos procede cuando: I. El recurrente se...
- Artículo 306. Son partes en el procedimiento de los medios de impugnación los siguientes:...
- Artículo 307. La interposición de los medios de impugnación corresponde a: I. Los...
- Artículo 308. En el proceso jurisdiccional electoral, sólo se podrán ofrecer y admitir las...
- Artículo 309. Son objeto de prueba los hechos controvertibles. No lo será el derecho, los...
- Artículo 310. Las pruebas serán valoradas por el órgano competente para resolver los...
- Artículo 311. La autoridad que reciba un medio de impugnación, en contra de un acto...
- Artículo 312. Dentro de las veinticuatro horas siguientes al vencimiento del plazo a que...
- Artículo 313. Recibida la documentación a que se refiere el artículo anterior, el Órgano...
- Artículo 314. Los acuerdos, resoluciones o sentencias que pronuncien, el Consejo o el...
- Artículo 315. Al resolver los medios de impugnación establecidos en este Código, si se...
- Artículo 316. En el procedimiento ante el Tribunal se observará lo siguiente: El...
- Artículo 317. Las sentencias que dicte el Tribunal podrán confirmar, modificar o revocar...
- Artículo 318. Notificación es el acto procesal por el que las autoridades electorales,...
- Artículo 319. Las notificaciones surtirán sus efectos el mismo día en que se practiquen....
- Artículo 320. Las notificaciones se podrán hacer: I. Personalmente; II. Por cédula;...
- Artículo 321. Las notificaciones personales se harán al interesado a más tardar al día...
- Artículo 322. Las cédulas de notificación personal deberán contener: I. La descripción del...
- Artículo 323. Los estrados son los lugares públicos destinados en las oficinas de los...
- Artículo 324. Los estrados son los lugares públicos destinados en las oficinas de los...
- Artículo 325. El partido político o candidato independiente, cuyo representante haya...
- Artículo 326. No requerirán de notificación personal y surtirán sus efectos al día...
- Artículo 327. Para la resolución pronta y expedita de los medios de impugnación previstos...
- Artículo 328. Para hacer cumplir las disposiciones del presente ordenamiento y las...
- Artículo 329. Los medios de apremio y las correcciones disciplinarias a que se refiere el...
- Artículo 330. Es competente para conocer del recurso de inconformidad el Consejo. El...
- Artículo 331. El recurso de inconformidad deberá presentarse ante el Consejo Distrital o...
- Artículo 332. El recurso de inconformidad deberá ser resuelto dentro de los seis días...
- Artículo 333. Una vez cumplidas las reglas de trámite establecidas en este Código,...
- Artículo 334. Las resoluciones que recaigan a los recursos de inconformidad tendrán como...
- Artículo 335. Es competente para conocer y resolver el recurso de apelación el Tribunal, y...
- Artículo 336. Todos los recursos de apelación interpuestos dentro de los cinco días...
- Artículo 337. Las sentencias de fondo que recaigan al recurso de apelación, tendrán como...
- Artículo 338. Es competente para conocer del recurso de nulidad el Tribunal
- Artículo 339. Son impugnables a través del recurso de nulidad, los actos siguientes:...
- Artículo 340. El escrito de protesta por los resultados contenidos en el acta de...
- Artículo 341. Además de los requisitos establecidos en el artículo 302 del presente...
- Artículo 342. El recurso de nulidad sólo podrá ser promovido por los partidos políticos,...
- Artículo 343. Las sentencias que resuelvan los recursos de nulidad, podrán tener los...
- Artículo 344. Los efectos de las nulidades decretadas por el Tribunal respecto de la...
- Artículo 345. Las elecciones cuyos cómputos, constancias de validez y mayoría o de...
- Artículo 346. Cuando el candidato que haya obtenido la constancia de mayoría no reúna los...
- Artículo 347. Los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o candidatos no...
- Artículo 348. Cuando el Tribunal establezca que las inconsistencias encontradas en las...
- Artículo 349. La votación recibida en una casilla será nula cuando se acredite cualquiera...
- Artículo 350. Son causales de nulidad de una elección de Diputado de mayoría relativa en...
- Artículo 351. Son causales de nulidad de la elección de Gobernador cuando se acrediten...
- Artículo 352. Además, son causas de nulidad de la elección de Gobernador, de Diputado de...
- Artículo 353. Procede el recurso de revisión respecto del procedimiento especial...
- Artículo 354. El Tribunal es el máximo órgano jurisdiccional especializado en el Estado en...
- Artículo 355. El Tribunal es competente para conocer de: I. Recursos de apelación en...
- Artículo 356. Son atribuciones del Pleno del Tribunal, las siguientes: I. Designar al...
- Artículo 357. Son atribuciones del Presidente del Tribunal; I. Convocar en los...
- Artículo 358. El Tribunal contará con un Secretario General de Acuerdos y tres secretarios...
- Artículo 359. Corresponde al Secretario General de Acuerdos: I. Apoyar al Presidente del...
- Artículo 360. Corresponde a los Secretarios de Estudio: I. Dar cuenta, en las...
- Artículo 361. Los ciudadanos que resulten seleccionados conforme al procedimiento previsto...
- Artículo 362. Por cada elección de la que se trate, podrán ser registrados como candidatos...
- Artículo 363. Los ciudadanos que aspiren a ser registrados como candidatos independientes...
- Artículo 364. Las disposiciones establecidas en el presente Código para los candidatos de...
- Artículo 365. Los ciudadanos podrán solicitar al Consejo su registro como candidatos...
- Artículo 366. Son derechos de los candidatos independientes: I. Participar en las...
- Artículo 367. Son obligaciones de los candidatos independientes: I. Conducir sus...
- Artículo 368. En materia de responsabilidades y sanciones, a los candidatos independientes...
- Artículo 369. Ninguna persona podrá ser registrada como candidato independiente a más de...
- Artículo 370. Quedan prohibidos todos los actos que generen presión o coacción sobre la...
- Artículo 371. Los aspirantes a la candidatura independiente deberán abstenerse en todo...
- Artículo 372. La propaganda política o electoral que difundan los candidatos...
- Artículo 373. Los candidatos independientes, en ningún momento podrán contratar o...
- Artículo 374. En ningún caso, los candidatos independientes participarán en los...
- Artículo 375. Para la determinación de la votación estatal emitida en la asignación de...
- Artículo 376. Los ciudadanos que aspiren a obtener la candidatura independiente al cargo...
- Artículo 377. En el caso de la candidatura al cargo de Gobernador señalado en el artículo...
- Artículo 378. En el caso de los ciudadanos que aspiren a integrar una planilla de...
- Artículo 379. Los ciudadanos solo podrán expresar su apoyo a un aspirante a una...
- Artículo 380. Corresponde al Consejo llevar a cabo los procedimientos de pre registro de...
- Artículo 381. Los plazos para la entrega de las solicitudes de registro de aspirantes a...
- Artículo 382. El Consejo, una vez fenecido el plazo para la entrega de solicitudes,...
- Artículo 383. Los ciudadanos que hayan obtenido el pre registro, para efecto de reunir la...
- Artículo 384. Los aspirantes que hayan obtenido su pre registro para contender por una...
- Artículo 385. A efecto de que los ciudadanos que hayan obtenido el pre registro puedan...
- Artículo 386. En el caso de que dos o más aspirantes soliciten registro como candidato...
- Artículo 387. La manifestación de la intención de ser candidato independiente será...
- Artículo 387 A. La solicitud de registro de candidatos independientes de aquellos que...
- Artículo 388. El candidato independiente que obtenga su registro y participe en la...
- Artículo 389. Los candidatos independientes que obtengan su registro deberán designar a la...
- Artículo 390. Los candidatos independientes tienen prohibido recibir aportaciones y...
- Artículo 391. No podrán realizar aportaciones o donativos en efectivo, metales y piedras...
- Artículo 392. Las aportaciones de bienes muebles, servicios o de cualquier otra en...
- Artículo 393. Los ingresos que se obtengan por medio de autofinanciamiento deberán...
- Artículo 394. Los candidatos podrán obtener rendimientos financieros de los recursos que...
- Artículo 395. Todo egreso deberá cubrirse con cheque nominativo o transferencia...
- Artículo 396. Los candidatos independientes deberán presentar ante el INE o en su caso,...
- Artículo 397. En caso de que el INE delegue la facultad de fiscalización al Instituto, la...
- Artículo 398. En la segunda quincena del mes de diciembre del año previo de la elección,...
- Artículo 399. El financiamiento público entregado a los candidatos independientes por...
- Artículo 400. El Instituto podrá disponer de lo necesario para que le sean adjudicados al...
- Artículo 401. Las campañas electorales de los candidatos independientes se sujetarán a las...
- Artículo 402. El candidato independiente deberá presentar ante el Consejo, la relación de...
Mejores juristas





con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y
MMM, si se trata de el nuevo sistema penal acusatorio, el propio código establece la posibilidad de que cierta información recopilada en la carpeta de investigación, puede incorporarse al jucio mediante lectura (cuando se trata de testigos muertos, entre otros), recuerde que sa es una de las cargas procesales que incumbe al ministerio publico y al asesor jurídico cumplir.
Tratándose del sistema tradicional, (averiguación previa) el juez toma en cuenta todo lo recabado en la averiguación previa para resolver la controversia asi como lo desahogado en la instrucción.
asi que todo depende del caso concreto.
saludos
concedieron un amparo y ordenaron la reposicion de todo el proceso, pero la causa penal es de hace 10 años, como se hara el juicio su las pruebas ya no existen y algunos testigos ya no estan, alguien tiene alguna idea
cuando no hay reparacion de daño x que ministerio publico insiste en la fraccion v
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