Código Electoral Artículo 229 Estado de Aguascalientes
Código Electoral
Artículo 229.
El Consejo Distrital o Municipal respectivo, una vez realizado el procedimiento establecido en el artículo anterior, procederá a lo siguiente:
I. Los Consejos Distritales:
a) Declarar de validez de la elección de diputados por el principio de mayoría relativa, y publicar los resultados;
b) Expedir la constancia de mayoría a la fórmula de diputados electos por este principio, y
c) Remitir los expedientes del cómputo de Gobernador al Consejo.
II. Los Consejos Municipales:
a) Declarar la validez de la elección del Ayuntamiento, y publicar los resultados, y
b) Expedir la constancia de mayoría a la planilla de miembros del Ayuntamiento ganadora.
Estado de Aguascalientes Artículo 229 Código Electoral
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
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