Código Electoral Artículo 63 Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Electoral Coahuila
Artículo 63.
1. Los partidos políticos gozarán de la exención de impuestos y derechos estatales y municipales en lo que no se oponga a lo dispuesto en el artículo 115 de la Constitución General, así como de los que se generen con motivo de las rifas y sorteos que se celebren, previa autorización legal, y de las ferias, festividades u otros eventos que tengan por objeto allegarse recursos para el cumplimiento de sus fines
Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 63 Código Electoral
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jose
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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