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Código Electoral y de Participación Ciudadana Artículo 241 Estado de Jalisco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Electoral y de Participación Ciudadana Jalisco
Artículo 241.

1. Las solicitudes de registro de candidatos deberán presentarse por escrito en el formato aprobado por el Consejo General del Instituto y contener:

I.  Respecto de cada uno de los ciudadanos propuestos a candidatos propietarios y suplentes, la información siguiente:

a)  Nombre(s) y apellidos;

b)  Fecha y lugar de nacimiento;

c)  Domicilio y tiempo de residencia en el mismo;

d)  Ocupación;

e)  Derogada

f) Cargo al que se solicita su registro como candidato; y

g)  Los candidatos a Diputados o a munícipes que busquen reelegirse en sus cargos, deberán acompañar una carta que especifique los periodos para los que han sido electos en ese cargo y la manifestación de estar cumpliendo los límites establecidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la del Estado en materia de reelección.

II. A la solicitud de cada uno de los ciudadanos propuestos a candidatos propietarios y suplentes, se deberá acompañar sin excepción los documentos siguientes:

a)  Escrito con firma autógrafa en el que los ciudadanos propuestos como candidatos manifiesten su aceptación para ser registrados y en el que bajo protesta de decir verdad expresen que cumplen con todos y cada uno de los requisitos que establecen la Constitución Política del Estado y este Código;

b)  Copia certificada del acta de nacimiento o certificación del registro del nacimiento, expedidas en ambos casos por la oficina del registro civil;

c)  Copia certificada por Notario Público o autoridad competente de la credencial para votar;

d)  Constancia de residencia, cuando no sean nativos de la Entidad, expedida con una antigüedad no mayor de tres meses por el Ayuntamiento al que corresponda su domicilio; y

e)  Copia certificada por autoridad competente de la constancia de rendición de la declaración de situación patrimonial, cuando se trate de servidores públicos.

III. Escrito con firma autógrafa, del dirigente estatal del partido político, o en su caso, del representante de la coalición, en el que manifieste bajo protesta de decir verdad que los ciudadanos de quienes se solicita su registro como candidatos fueron seleccionados de conformidad con los estatutos del partido político, o con apego a las disposiciones del convenio de coalición.



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