Código Electoral y de Participación Ciudadana Artículo 617 Estado de Jalisco
Código Electoral y de Participación Ciudadana Jalisco
Artículo 617.
1. Además de los requisitos establecidos por el artículo 507 del presente ordenamiento, el escrito por el cual se promueva el juicio de inconformidad deberá cumplir con los siguientes:
I. Si el carácter de actor recae en un partido político o coalición, se indicará el nombre de su representante legal;
II. Señalar la elección que se impugna;
III. La fecha y la hora en que fue notificada la resolución o se tuvo conocimiento del acto combatido en los términos de este Código;
IV. Los hechos que dieron origen al acto o resolución que se impugna y la expresión de los agravios que se hayan causado;
V. La enumeración de las pruebas documentales que se ofrezcan, que serán las únicas admisibles, debiendo relacionarlas con cada uno de los hechos y los agravios formulados. Para la admisión y valoración se tendrán en cuenta, las reglas establecidas en este Código;
VI. La mención individualizada del acta de cómputo que se impugna, bien sea, Municipal; Distrital en el caso de la elección de Diputados de mayoría relativa o de cómputo estatal, en el caso de Diputados de representación proporcional y de Gobernador del Estado;
VII. La mención individualizada de las casillas cuya votación se solicite sea anulada en cada caso y la causal que se invoque para cada una de ellas;
VIII. El señalamiento del error aritmético cuando por este motivo se impugnen los resultados consignados en las actas de cómputo Fstatal, Distrital o Municipal;
IX. La relación que guarda la inconformidad con otras impugnaciones, en su caso; y
X. Manifestar expresamente si se objetan:
a) Los resultados del cómputo;
b) La declaración de validez de la elección y por consecuencia, el otorgamiento de las constancias respectivas; o
c) La asignación de Diputados y Munícipes electos por el principio de representación proporcional.
Estado de Jalisco Artículo 617 Código Electoral y de Participación Ciudadana
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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
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Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles Federal Artículo 69. Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores Federal Artículo 12. Ley que Establece las Normas Mínimas Sobre Readaptación Social de Sentenciados Federal Artículo 3o. Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales Oaxaca Artículo 50. Código Electoral y de Participación Ciudadana Jalisco Artículo 377.Publique la información de sí mismo
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