Código Financiero Artículo 218 Estado de México
Código Financiero
Artículo 218.
El Gobernador por conducto de la Secretaría, podrá celebrar convenios de colaboración administrativa en materia hacendaria con los ayuntamientos, sobre las siguientes funciones:
I. Registro de contribuyentes.
II. Determinación y liquidación de contribuciones y de sus accesorios.
III. Recaudación, notificación y cobranza de créditos fiscales.
IV. Asistencia al contribuyente.
V. Autorización del pago de créditos fiscales en plazo diferido o en parcialidades.
VI. Aplicación y condonación de multas.
VII. Comprobación del cumplimiento de disposiciones fiscales.
VIII. Asesoría y apoyo técnico en informática.
IX. Tramitación y resolución del recurso administrativo de inconformidad.
X. Intervención en el juicio administrativo.
XI. Elaboración de programas financieros, de planeación, programación, evaluación y control, gestión, concertación y contratación de sus operaciones de deuda pública, de inversión, de administración del patrimonio o en materia de gasto público.
XII. Las demás no comprendidas en las fracciones anteriores, relacionadas con la materia hacendaria.
Estado de México Artículo 218 Código Financiero
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Hola, represento a Zurich Credit Inc. y busco la atención de personas honestas y confiables que necesiten ayuda financiera. ¿Tiene deudas? ¿Necesita un préstamo personal o comercial con una tasa de interés anual del 2%? Plazo de préstamo: de 1 a 25 años sin intereses en 6 meses. Contáctenos hoy mismo. Importe mínimo del préstamo: $10.000. Se aceptan EUR, USD o CHF.
Nota: Correo electrónico: [email protected]
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios