Código Financiero Artículo 217 Estado de México
Código Financiero México
Artículo 217.
Las disposiciones de este Título tienen por objeto:
I. Regular el Sistema de Coordinación Hacendaria del Estado de México con sus municipios.
II. Establecer las bases de cálculo para la distribución a los municipios de los ingresos derivados de los Sistemas Nacional de Coordinación Fiscal y Estatal de Coordinación Hacendaria.
III. Distribuir entre los municipios los ingresos derivados de la Coordinación Hacendaria.
IV. Establecer las bases de colaboración administrativa.
V. Establecer las normas de organización y funcionamiento del Instituto Hacendario del Estado de México.
Estado de México Artículo 217 Código Financiero
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
asesoria para divorcio necesario. gracias
pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?
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