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Código Financiero Artículo 120 Estado de Veracruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Financiero Veracruz
Artículo 120.

La base del impuesto se determinará conforme a lo siguiente:

I.Para los sujetos señalados en la fracción I del artículo 119 de esta Ley, se considerará el valor total de la emisión de los boletos, billetes, contraseñas, documentos, objetos, registros o cualquier otro comprobante que permita participar en cualquiera de los eventos objeto de este impuesto, disminuyendo aquéllos no enajenados, no entregados o que no participen en la posibilidad de obtener premios;

II.Para los sujetos de este impuesto que realicen las actividades señaladas en la fracción anterior fuera del territorio del Estado, se considerará únicamente el valor de los boletos, billetes, contraseñas y cualquier otro comprobante que se haya vendido dentro del Estado; y

III.Para los sujetos señalados en la fracción II del artículo 119 de esta Ley, se considerará el monto total del premio en efectivo, o el valor del bien en que consista el premio, determinado por el organizador del concurso de cualquier índole, sorteo, rifa, apuesta, lotería y juegos con máquinas de sistemas, programas automatizados o computarizados, o en su defecto, el valor de avalúo practicado por perito autorizado en la materia, a solicitud de la autoridad fiscal.

En el caso de juegos con máquinas de sistemas, programas automatizados o computarizados, serán los ingresos obtenidos provenientes de la participación en éstos.

Tratándose de premios en especie, será el valor con el que se promocione cada uno de los premios; o en su defecto, el valor de su facturación, siempre y cuando dichos valores coincidan con el valor de mercado de artículos idénticos o semejantes al momento de su causación.

El impuesto a que se refiere este Capítulo no se expresará por separado en los billetes, boletos y demás comprobantes que permitan participar en los eventos objeto de este impuesto.

El pago de este impuesto no libera de la obligación de obtener los permisos o autorizaciones correspondientes.



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