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Código Fiscal Artículo 178 Estado de Campeche


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Fiscal Campeche
Artículo 178.

En la página electrónica del Servicio de Administración Fiscal del Estado de Campeche se especificará el período correspondiente a cada remate, el registro de los postores y las posturas que se reciban, así como la fecha y hora de su recepción.

Cada subasta tendrá una duración de cinco días que empezará a partir de las 12:00 horas del primer día y concluirá a las 12:00 horas del quinto día. En dicho período los postores presentarán sus posturas y podrán mejorar las propuestas. Para los efectos de este párrafo se entenderá que las 12:00 horas corresponden a la zona horaria centro a la que pertenece Campeche.

El Servicio de Administración Fiscal del Estado de Campeche, si dentro de los veinte minutos previos al vencimiento del plazo de remate recibe una postura que mejore las anteriores, determinará que el remate no se cierre conforme al término mencionado en el párrafo precedente, en este caso y a partir de las 12:00 horas del día de que se trate, se concederá plazos sucesivos, de 5 minutos cada uno, hasta que la última postura no sea mejorada. Una vez transcurrido el último plazo sin que se reciba una mejor postura se tendrá por concluido el remate.

El remate se fincará en favor de quien haya hecho la mejor postura. Cuando existan varios postores que hayan ofrecido una suma igual y dicha suma sea la postura más alta, se aceptará la primera postura que se haya recibido.

Una vez fincado el remate se comunicará por escrito o en la página electrónica el resultado del mismo a los postores que hubieren participado, remitiendo el acta que al efecto se levante al postor ganador.



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